Si hay un tema que conoce de cerca el exfiscal nacional económico, Felipe Irarrázabal, es la colusión. Durante su período al mando de la Fiscalía Nacional Económica (2010 -2018), presentó casi una veintena de requerimientos, y aunque nunca se alejó de la libre competencia tras salir del organismo —quedando al mando del centro de libre competencia de la UAI—, esta vez vuelve a las trincheras con un informe en derecho encargado por Solvtrans Chile en el caso que lleva contra Armasur.
En junio del año pasado la empresa de transporte de salmones vivos, representada por abogados de Pellegrini & Cia, presentó una demanda en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acusando a seis empresas competidoras (integrantes de la asociación gremial) de coludirse para excluirla del mercado.
El informe elaborado por ex FNE junto a la destacada profesora, María Soledad Krause, y que fue presentado la semana pasada ante el tribunal, justamente concluye que, a partir de los antecedentes conocidos, sí hubo colusión. "Con la mencionada conducta los demandados incurrieron en un atentado a la libre competencia que puede ser calificado como constitutivo de la figura infraccional de la letra a) del artículo 3º del Decreto Ley Nº211, en tanto, la actuación coordinada de competidores que ha tenido la aptitud de conferirles poder de mercado y que ha tenido por finalidad excluir a un competidor", menciona.
Otras conclusiones
El documento expone que las cartas enviadas por Armasur —que fueron presentadas como antecedentes de la causa— a los bancos DNB, la embajadora de Noruega en Chile, la Sofofa y CPC, además de los avisos prensa en contra de Solvtrans, incurren "en un conjunto de afirmaciones que no se corresponden con la verdad" y resultan inductivas a error.
Asimismo, concluye que los referidos actos son parte de una campaña comunicacional "diseñada en el seno de Armasur, que se desarrolló de manera sistemática, meticulosa y consistente, contando con asesoría legal y comunicacional especializada", dice el documento. Lo anterior, a juicio de Irarrázabal y Krause, denigró a Solvtrans Chile, e interfirió directa e indirectamente en el contrato de crédito que tenía celebrado con el banco DNB, ejerciendo, además, "autotutela", al imponer su versión interesada acerca de los hechos relevantes, todo ello con la finalidad de excluirla.
El informe explica que la exclusión desplegada por los demandados se asemeja a lo que la jurisprudencia describe como 'cheap exclusions', práctica de escaso costo para quienes la emprenden, y que "carecen de toda justificación en razones de eficiencia o mérito competitivo".