La Corte Suprema acogió el recurso de reclamación presentada por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (Sbif), en contra de decisión del Consejo para la Transparencia, que dispuso la entrega de información sobre la industria bancaria, por considerar que su divulgación compromete la eficacia de la fiscalización que se desarrolla.
En un fallo unánime, la Tercera Sala máximo tribunal rechazó el recurso de queja presentado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que dispuso la entrega de la información. Sin embargo, actuando de oficio, determinó que los datos requeridos deben permanecer bajo reserva por aplicación del artículo 7° de la Ley General de Bancos.
El Consejo había ordenado entregar al requirente los documentos en que conste la cantidad de fiscalizaciones, auditorías o revisiones efectuadas a bancos u otras instituciones financieras, entre los años 2010 a 2012, presentados en forma mensual, indicando entidad o conglomerado financiero evaluado, detallando mensualmente la cantidad de revisiones con o sin observaciones. Además, de la identidad de los diez conglomerados financieros que el organismo haya identificado.
La resolución de la Suprema sostiene que "no se trata de información inocua o meramente estadística relativa al funcionamiento de un servicio público, sino que tiene directa relación con la actividad de fiscalización que despliega la Superintendencia para el adecuado funcionamiento del mercado bancario y financiero".
Y agrega que "de este modo, en concepto de esta Corte, lo decidido por el Consejo para la Transparencia no se ajusta a lo dispuesto en la legislación que regula esta materia, lo que torna en ilegal la resolución que se analiza".