Caso la Polar: Corte de Apelaciones confirma multa de $192 millones a ex gerente corporativo
La Corte de Apelaciones de Santiago, de forma unánime, confirmó este lunes la multa de $192 millones (UF 7.500) en contra de Pablo Fuenzalida May, ex gerente corporativo de informática y logística de La Polar, involucrado en el caso del mismo nombre.
El caso La Polar se conoció en junio de 2011, cuando se reveló que ejecutivos de la multitienda realizaron repactaciones unilaterales de las deudas de un millón de clientes entre los años 2006 y 2011.
La sentencia
El tribunal de alzada capitalino concluye que el procedimiento abreviado por el segundo juzgado de garantía de Santiago en el 2014, donde el reclamante Fuenzalida May fue condenado como cómplice de un delito de entrega de información maliciosamente falsa al mercado, y como autor del delito de uso de información privilegiada, en razón de los mismos hechos que motivaron la aplicación de la multa se mantiene.
Pablo Fuenzalida reconoció los hechos, lo que determinó que fuera considerado responsable que desde su cargo gerencial, e infringiendo la ley de sociedades anónimas, interviniendo en calidad de cómplice en la elaboración de información falsa, concerniente a la morosidad real de la cartera de créditos, que era indispensable para la confección de los estados financieros de la compañía que serían remitidos a la superintendencia de valores y seguros, incurriendo así en la infracción castigada por la ley de mercado de valores.
"Asimismo –continúa el fallo –, el reclamante también reconoció y fue considerado culpable del hecho que estando en conocimiento de información privilegiada en razón del cargo y funciones que desempañaba para la compañía, relativa a la real situación financiera de esta última producto de la práctica de renegociaciones unilaterales; intervino como autor en sendas ventas de acciones de "La Polar" descritas en la resolución que aplica la multa reclamada, vulnerando la prohibición que le imponía el artículo 165 de la ley de mercado de valores, y obteniendo un beneficio propio indebido, pues la existencia de una morosidad real en la cartera de créditos, significativa y muy superior a la que reflejaban los estados financieros lo que fue divulgada al mercado, le permitió enajenar acciones a un precio superior al que hubiera obtenido si la contraparte de tales operaciones hubiere contado con la misma información".
Así Pablo Fuenzalida y otros ex ejecutivos han sido condenados luego de cuatro años de investigación.