Cada vez falta menos para la Navidad, que este 2019 será distinta a otros años por el estallido social del país que comenzó el pasado 18 de octubre con evasiones en el Metro y que derivó después en una serie de manifestaciones sociales.
Sin embargo, el dinero para pasar las fiestas sigue siendo un tema de interés. Por lo mismo, la plata extra de un aguinaldo es clave.
Aguinaldo para pensionados
Para este grupo de personas se paga junto con la respectiva pensión de diciembre. El monto base del aguinaldo de Navidad para este año es de 22 mil 452 pesos, y sólo se pagará a aquellas personas que estén pensionadas al 30 de noviembre de 2019.
El dinero es para los siguientes pensionados, según explica el sitio ChileAtiende:
- Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
- Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.
- Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
- Pensionados de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
- Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
- Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley N° 19.129, artículo 11).
- Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental.
Aguinaldo para el sector público
Para quienes trabajan en el sector público hay dos montos distintos de aguinaldo navideño:
$56.297: para los trabajadores cuya remuneración líquida percibida en el mes de noviembre de 2018 sea igual o inferior a $752.209
$29.779: para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.
"Para estos efectos, se entenderá por remuneración líquida el total de las de carácter permanente correspondiente a dicho mes, excluidas las bonificaciones, asignaciones y bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional; con la sola deducción de los impuestos y cotizaciones previsionales de carácter obligatorio", indica la Ley 21126.
¿Aguinaldo en el mundo privado?
Para los empleadores, otorgar aguinaldo de Navidad a sus trabajadores no es una obligación de fuente legal (como sí lo son, por ejemplo, las gratificaciones).
No obstante, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Navidad en caso de que:
- Esté contemplado en su contrato de trabajo.
- Exista un contrato o convenio colectivo en el que el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
- El empleador haya hecho esta concesión en una oportunidad anterior, pues se considera una cláusula tácita del contrato (protegida por la norma laboral).
"En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa), como un derecho de los trabajadores", explica ChileAtiende.