ABIF pone en marcha líneas de financiamiento COVID-19 para pymes y empresas del país
Continuando con el plan de ayuda a sus clientes afectados por la actual coyuntura económica, la banca anunció la puesta en marcha de las líneas de financiamiento COVID-19, que consiste en un crédito con garantía estatal para proveer capital de trabajo fresco a las micro, pequeñas y medianas empresas del país con ventas anuales de hasta 1.000.000 de UF.
Estos créditos financiarán hasta 3 meses de venta, tendrán un plazo entre 24 y 48 meses (incluyendo 6 meses de gracia) y una tasa preferencial.
Las líneas de financiamiento COVID-19 serán ofrecidas por los bancos a través de sus diferentes canales de atención remotos, digitales y presenciales, asegurando que las empresas tengan un acceso claro, comprensible e inequívoco a las condiciones de financiamiento.
En este contexto, los interesados pueden tomar contacto con su banco para conocer el procedimiento de postulación a este financiamiento.
El presidente la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF), José Manuel Mena, enfatizó que a través de la implementación de las líneas de crédito COVID-19 con garantía Fogape la banca refuerza su compromiso con el país, sus micro, pequeñas y medianas empresas.
"Vamos a seguir apoyando a nuestros clientes, tal como lo hicimos en marzo y abril con la reprogramación masiva de más de 800 mil créditos. Nuestro mensaje hoy a las empresas es que los continuaremos apoyando para salir de esta coyuntura en el menor tiempo posible", declaró Mena.
Además, valoró el trabajo intenso de los diferentes actores involucrados para poder contar en pocas semanas con las normativas y los reglamentos que van a permitir proveer liquidez a las empresas y contribuir con ello a que miles de empresas puedan enfrentar de mejor forma esta compleja coyuntura.
Características de las líneas de financiamiento Covid-19
Además de las empresas -personas naturales con giro y personas jurídicas- con ventas netas anuales del impuesto al valor agregado que no excedan de 1.000.000 de UF, y que manifiesten al banco haber sido afectadas por la emergencia sanitaria producto de la pandemia COVID-19.
Para el caso de empresas con ventas anuales inferiores a 25.000 UF, una condición adicional para poder optar al financiamiento es no haber estado en situación de mora superior a 30 días en el sistema bancario al 31 de octubre de 2019.
En el caso de empresas con ventas anuales superiores a 25.000 UF e inferiores a 1.000.000 UF, una condición adicional es no haber estado en situación de mora superior a 30 días en el sistema bancario al 31 de marzo de 2020.
Sin embargo, si la empresa no cumpliese los requisitos anteriores, la empresa podrá optar a este programa en caso de que haya dejado de estar en mora al momento de solicitar el financiamiento.
Junto con los criterios establecidos en el reglamento del Fogape elaborado por la autoridad, las empresas deben cumplir con los criterios establecidos en las políticas internas de evaluación crediticia del banco en el que están solicitando el financiamiento.