Colusión: Comisión Mixta mantiene exclusividad de FNE para ejercer acciones penales
Este lunes se aprobó en Comisión Mixta el proyecto sobre Libre Competencia, que establece penas de cárcel frente a los delitos de colusión.
Finalmente, los representantes de la Cámara y el Senado llegaron a una fórmula de encuentro en cuanto al punto que se refiere a si la Fiscalía Nacional Económica (FNE) tendrá exclusividad para ejercer las acciones penales, o si además se incluirá al Ministerio Público.
Lo que se determinó fue que el fiscal nacional económico mantendrá su exclusividad al momento de ejercer acciones penales.
Eso sí, se establece que el FNE deberá interponer obligatoriamente una querella en casos que se vulnere "gravemente" la libre competencia. En caso contrario, el titular de la FNE deberá emitir una "decisión fundada" respecto de su decisión.
"La interposición de la querella o la decisión de no formularla, deberá tener lugar a más tardar en el plazo de seis meses, contado desde que se encuentre ejecutoriada la sentencia definitiva pronunciada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia", señala la propuesta de redacción presentada por el Gobierno.
Si bien esta decisión supone un revés para el Ministerio Público, que había presionado para tener la posibilidad de intervenir, de todos modos la propuesta le entrega ciertas facultades: podrá solicitar al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia el alzamiento de la confidencialidad o reserva de determinadas piezas de su expediente para la utalización en el proceso penal.
La iniciativa llegó a Comisión Mixta, luego que la Camara aprobara por unanimidad el proyecto, a excepción del número 64 que le otorgaba exclusividad a FNE.
Tras la aprobación de la Comisión Mixta de este lunes, el proyecto deberá pasar por la Cámara de Diputados y luego por la Sala del Senado, antes de llegar a ser despachado.
La propuesta se aprobó con los votos en contra del senador RN Alberto Espina y el diputado DC Sergio Espejo. Este último señala que “es una mala solución, lo que hace es mantener una facultad discrecional para iniciar la acción penal en manos del fiscal nacional económico”.
"Si definimos un tipo penal, un delito, con qué justificación establecemos ahora una exigencia adicional para perseguir las responsabilidades penales", manifiesta Espejo, en conversación con T13.cl.