Finalmente llega el día. Desde este martes la denominada Ley Cholito entrará en plena vigencia, y comenzará a regir totalmente la obligación de tener inscritas a las mascotas en el Registro Nacional, ya sea a través de un chip de 15 dígitos, o con una placa de identificación y el certificado de un médico o técnico veterinario.
Sin embargo, pese a que la inscripción en el Registro Nacional está vigente hace meses, durante los últimos días ha aumentado el interés ya que de no inscribir a las mascotas, los dueños arriesgan multas que van desde 1 a 30 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, desde los $ 48 mil y fracción a poco más de $ 1 millón 450 mil.
Pese a que es un tema que ha sido recurrente estos días, acá te resolvemos 10 de las dudas más comunes:
1. ¿Qué mascotas debo inscribir y dónde se hace el trámite?
En este momento, la ley se enfoca en la tenencia responsable de perros y gatos, que son en definitiva los que tienen que estar inscritos en el Registro Nacional.
El trámite se puede hacer en el sitio web del Registro Nacional, o directamente en las municipalidades.
2. ¿Es necesario implantarle un microchip a mi mascota?
Si bien lo que se recomienda es el microchip de 15 números, que se implanta bajo la piel y tiene el tamaño de un grano de arroz, también se puede hacer una identificación externa, la que debe ser visada por un médico o técnico veterinario rellenando el formulario que está dispuesto para ello en el sitio de Mascota Protegida.
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3. ¿Qué pasa si la mascota cambia de dueño?
Si tu mascota antes tenía otro dueño, se debe completar el formulario de "tranferencia de animal de compañía", el que será requerido al momento de inscribir a la mascota en el registro ya sea de forma presencial o vía web. Este formulario está disponible en el sitio de Tenencia Responsable del gobierno.
4. ¿Quiénes no pueden registrar animales de compañía?
Las personas que hayan sido sancionadas con inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de animales no podrán registrar mascotas.
5. ¿Es necesario tener la clave única del Registro Civil para hacer el trámite?
La clave única del Registro Civil es necesaria si el trámite se hace a través de internet, ya que es la única forma de que el dueño del animal pueda ingresar al sitio para realizar la inscripción. Esta clave se debe solicitar presencialmente el cualquier Registro Civil, o en los tótems de autoatención que están disponibles en centros comerciales y otros lugares.
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6. ¿Qué datos debo tener de mi mascota a la hora de realizar la inscripción?
Para realizar la inscripción se necesita saber:
- Nombre del animal
- Número de microchip
- Especie
- Sexo
- Raza (incluye la opción mestizo)
- Color
- Edad (fecha de nacimiento real o estimada)
- Estado reproductivo (es decir, si está esterilizada o no)
Esto se puede conseguir a través de un certificado como el de implantación del microchip, la ficha de esterilización municipal, el certificado de vacuna antirrábica o un certificado veterinario. Lo importante es que el documento que se adjunte cuente con la firma y timbre de un médico veterinario.
7. ¿Quiénes fiscalizarán la tenencia responsable de mascotas?
De acuerdo a lo establecido en la denominada Ley Cholito, los encargados de fiscalizar son las municipalidades y la autoridad sanitaria como los Seremi de Salud de cada región. Ellos además pueden fiscalizar el estado en el que se encuentra la mascota al interior de los domicilios u otros recintos como las clínicas veterinarias, los centros de venta de animales, de cría, hoteles y refugios, entre otros.
8. ¿Cuáles son las razas de perros consideradas potencialmente peligrosas?
De acuerdo al reglamento del Ministerio del Interior, hay una lista de razas que son consideradas "potencialmente peligrosas", los que deben estar registrados en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos de Especie Canina. Estas son las razas:
- Bullmastiff
- Doberman
- Dogo Argentino
- Fila Brasileiro
- Pitbull
- Presa Canario
- Presa Mallorquín
- Rottweiler
- Tosa Inu
9. ¿Cuáles son las medidas adicionales para dueños de perros de razas potencialmente peligrosas?
Además de la inscripción en el registro, el dueño debe ser mayor de 18 años; usar correa, bozal y arnés para el perro en los espacios públicos; su residencia debe tener un cerco que impida que el animal se escape; contar con un espacio suficiente para el animal; contar con un curso de adiestramiento de obediencia del dueño junto al perro; y asistir a una charla de tenencia responsable dictada por un profesional.
10. Multas por no inscribir a la mascota y por abandono
En tanto, si no se inscribe a la mascota y es fiscalizada, el dueño se arriesga a multas que van desde 1 a 30 UTM.
Mientras, si se consigna un abandono del animal, se considera como acto de maltrato o crueldad animal, lo que lleva a pena de presidio y multa además de inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales.