Por segunda vez: Tribunal rechaza prisión preventiva para Eduardo Macaya tras ser condenado por abuso sexual
Durante la jornada de este sábado el Tribunal de San Fernando, en la región de O'Higgins, rechazó la solicitud de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público en contra de Eduardo Macaya Zentilli (71).
Recordemos que el pasado 10 de julio el mismo tribunal oral ya había descartado la prisión preventiva para Macaya, la cual fue solicitada por la Fiscalía.
Además, y según lo informó la Corte de Apelaciones de Rancagua, el tribunal mantuvo las medidas cautelares de arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de acercarse a las víctimas.
Según lo da a conocer la resolución, el tribunal estimó que "ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme".
Por qué Eduardo Macaya no quedó en prisión preventiva si fue declarado culpable por abuso sexual
Debido a esto, es que se rechazó la prisión preventiva, justificando que "la condición de condenado sólo se adquiere con una sentencia condenatoria firme y ejecutoriada”.
“En consecuencia, la sola circunstancia de haberse comunicado un veredicto condenatorio en contra del imputado no hace variar las circunstancias consideradas al momento de decretar las medidas cautelares en su contra (...) pues si bien el tribunal decidió condenarlo por dos delitos de abuso sexual, aún no existe una sentencia condenatoria en la causa", prosiguió el tribunal.
Tras esto el tribunal señaló que “dado que la prisión preventiva se basa en el mérito del veredicto condenatorio, resulta forzoso concluir que la misma no puede prosperar".
“(…) consultados expresamente por esta Corte, los intervinientes estuvieron contestes en que no existe denuncia alguna sobre el incumplimiento de las cautelares que pesan sobre el imputado", se dictó.
Finalmente, la resolución termina afirmando que "conforme lo dicho, considerando que no se han hecho valer razones adicionales al veredicto condenatorio que justifiquen intensificar la necesidad de cautela, no cabe más que confirmar la resolución apelada”.