Tribunal da la razón a Junaeb y rechaza demanda de empresa proveedora
El Tribunal de Contratación Pública (TCP) rechazó la demanda interpuesta en marzo de 2023 por la empresa Salud y Vida S.A. (Savisa) en contra de Junaeb y descartó la existencia de arbitrariedades o ilegalidades en la adjudicación del suministro de raciones alimenticias de los Programas de Alimentación Escolar (PAE) y de Párvulos (PAP) para el período 2023-2026.
La sentencia señala que la Resolución Afecta N°07, de 16 de febrero de 2023, que aprobó el informe final de la Comisión Evaluadora “no puede ser calificada como ilegal ni arbitraria, por no haber infringido el principio de estricta sujeción a las bases, consagrado en el artículo 10, inciso 3° de la Ley 19.886, razón por la cual la acción de impugnación no puede prosperar”.
El TCP también destacó la medida de “beneficiario final” adoptada por Junaeb para resguardar la operatividad del programa y mitigar la concentración del servicio en pocas empresas. Al respecto, señaló que esta medida se fundamenta en "recomendaciones del informe elaborado por el Centro de Políticas Públicas UC & DICTUC” y recoge “las disposiciones de la Circular 57 de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), en relación con el concepto de beneficiario final”.
Asimismo, se reconoció que en licitaciones previas a 2022 se observó una alta concentración de mercado, lo que derivó en una disminución tanto en la calidad del servicio como en la capacidad negociadora de Junaeb.
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En esa línea, la sentencia afirma que la actual administración introdujo medidas “con el objeto de: a) aumentar la competencia y calidad del servicio, b) incorporar más empresas al programa, y c) garantizar transparencia y menor riesgo operativo”.
Desde el servicio público se valoró el fallo, señalando que “respalda un trabajo orientado a mejorar la calidad del servicio de alimentación, a aumentar la competencia y la transparencia del proceso, evitando problemas que fueron recurrentes en el funcionamiento del programa”.