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Venció el segundo plazo de la Operación Renta 2024: Revisa cuándo pagarán los impuestos

Agencia Uno - Operación Renta 2024
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A pesar de que venció el segundo plazo, los contribuyentes pueden realizar el proceso durante lo que resta de abril e inicios de mayo.
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Este viernes 19 de abril venció el segundo plazo para realizar la Operación Renta 2024, donde los contribuyentes recibirán el pago a través del proceso realizado en el sitio del Servicio de Impuestos Internos (SII). 

Para que la devolución se lleve a cabo de manera oportuna, los contribuyentes deben registrar con precisión en el Formulario 22, los datos de la cuenta bancaria a la cual la Tesorería realizará la transferencia en línea.

Eso sí, de todas maneras, las personas pueden solicitar el dinero a través de un cheque o efectivo, si no quieren recibirlo en su cuenta bancaria. 

Pero ojo, aunque haya vencido el segundo plazo para realizar la devolución de impuestos, los contribuyentes pueden hacer el proceso durante lo que resta de abril y principio de mayo. 

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Para las personas que realizaron la devolución de impuestos en el segundo plazo, correspondiente entre el 9 al 19 de abril, recibirán su devolución el próximo 14 de mayo

Por último, quienes hagan su declaración de la Operación Renta 2024 entre el 27 de abril y el 10 de mayo, recibirán su devolución el 28 de mayo.

Asimismo, los contribuyentes que hayan solicitado la devolución de renta mediante cheque o dinero en efectivo, tendrán su pago a partir del 30 de mayo.

Calendario Operación Renta 2024
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¿Quiénes deben realizar la Operación Renta 2024?

Las personas que tengan un ingreso mensual sobre 879 mil pesos, o si tiene más de un empleadordeben hacer la declaración. El trámite también se exige a quienes trabajen a honorarios y quienes deseen acceder a algún beneficio tributario. 

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Además, este año hay novedades para quienes sean propietarios de casas o departamentos, ya que quedan exentos de impuestos para la primera y segunda propiedad, pero si tiene un tercer inmueble DFL2 en adelante, deberá declarar los ingresos que reciben por concepto de arriendo.

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También tiene la obligación de declarar sus ingresos recibidos por arriendo los que tengan una vivienda mayor a 140 m2 u otro tipo de bien raíz, como oficinas, bodegas y/o estacionamientos.

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