Este miércoles la Presidenta Michelle Bachelet celebró el noveno aniversario de la Reforma Previsional, impulsada en 2008, durante su primer mandato, que instaló el denominado "Pilar Solidario".
La Mandataria destacó que esta medida ha permitido instaurar un piso de derechos garantizados en materia de protección social, tanto para las personas que no habían podido acceder a una pensión, como para quienes tenían pensiones muy bajas. Esto, con focalización en el 60% más pobre de la población. Según estimaciones del gobierno, más de 1 millón 800 mil personas han sido beneficiadas por este pilar, ya sea con una Pensión Básica Solidaria o por un Aporte Previsional Solidario.
En el marco del noveno aniversario de esta reforma, en T13.cl te contamos cuáles son los beneficios que componen esta "Pilar solidario" y quiénes pueden acceder a él.
Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV)
Es un beneficio económico mensual que tiene por objeto apoyar a las personas de menores ingresos, que reciben pensiones de vejez de bajo monto.
¿Cuáles son los requisitos?
- Tener al menos 65 años de edad al momento de la solicitud.
- Recibir una pensión de vejez o sobrevivencia inferior o igual a la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS), la que actualmente es de 309 mil 231 pesos, ya sea de una AFP, compañía de seguros o ex caja de previsión social administrada por el Instituto de Previsión Social (IPS).
- No imponer ni recibir pensiones en Dipreca ni Capredena
- Pertenecer al hogares del 60% más pobre de la población determinado por el Puntaje de Focalización Previsional, que se determina a partir del Registro Social de Hogares:
¿Cuál es el monto del beneficio?
El cálculo del monto depende, entre otros factores, de la pensión base recibida por el beneficiario.
¿Cómo se pide el beneficio?
Diríjase a la institución previsional a la que está afiliado, AFP, compañía de seguros o al Centro de Atención de IPS-ChileAtiende más cercana. Ahí deberá solicitar el beneficio y presentar su cédula de identidad.
Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV)
Es un beneficio económico mensual para las personas que no tienen derecho a pensión en ningún régimen previsional. Actualmente, el monto de la pensión básica solidaria es de $104.646 (se reajusta cada año, de acuerdo al IPC).
¿Quiénes pueden acceder?
Personas mayores de 65 años que no tengan derecho a percibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o como beneficiario de pensión de sobrevivencia. Además, deberán integrar un grupo familiar perteneciente al 60% de menores ingresos.
¿Cómo se solicita?
Diríjase a alguno de los municipios en convenio con el IPS o al Centro de Atención IPS-ChileAtiende más cercano. Explique el motivo de su visita.
Más información en el siguiente enlace
Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)
Es un beneficio económico mensual que se entrega a las personas que han sido declaradas como inválidas, es decir, que no pueden llevar a cabo un trabajo, ya sea por problemas físicos o por alguna discapacidad intelectual.
Actualmente el monto equivale a 104 mil 646 pesos, los que son entregados a personas declaradas con invalidez y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional, ya sea como titulares o beneficiarios de una pensión de sobrevivencia.
¿Quiénes pueden acceder?
Personas que tengan entre 18 y 65 años, que hayan sido declaradas con invalidez por las Comisiones Médicas, y que no tengan derecho a recibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o beneficiario. Además, deberán integrar el 60% de menores recursos.
¿Cómo se solicita?
Diríjase a alguno de los municipios en convenio o al Centro de Atención IPS-ChileAtiende más cercano y presente los antecedentes requeridos: cédula de identidad y copia del dictamen de invalidez, emitido por la Comisión Médica.
Para más detalles, ingrese a este enlace.
Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)
Es un beneficio económico mensual que tiene por objeto apoyar a las personas de menores ingresos que reciben pensiones de invalidez de bajo monto. Este beneficio permite mejorar o complementar las pensiones.
¿Quiénes pueden acceder?
Al beneficio pueden acceder personas que tengan entre 18 y 65 años de edad, que reciban una pensión mensual o una pensión base inferior a 104 mil 646 pesos (monto de la Pensión Básica Solidaria), y que hayan sido declaradas inválidas por las Comisiones Médicas de Invalidez del D.L. N° 3.500 o reciban una pensión de invalidez. Para postular, las personas deben pertenecer al 60% más vulnerable.
No podrán acceder a este aporte quienes reciban pensiones en Capredena o Dipreca.
¿Cómo se solicita?
Diríjase a la institución previsional a la que está afiliado (AFP o compañía de seguros) o a un Centro de Atención del IPS-ChileAtiende. Ahí deberá explicar que busca obtener el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI).
Luego, entregue los documentos requeridos:
- Cédula de identidad vigente.
- Poder notarial si el trámite lo realiza el apoderado del titular.
- Copia del dictamen de invalidez emitido por la Comisión Médica de Invalidez. Solamente si lo tiene.
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares.
Para conocer más detalles, ingrese a este enlace.