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Ley de Estacionamientos: Cinco datos útiles para los usuarios

Ley de Estacionamientos: Cinco datos útiles para los usuarios
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La normativa que comenzó a regir hoy, establece una nueva forma de cobrar y obliga a las empresas a responder por robos en vehículos, entre otras cosas.

Asegurando que se fiscalizará que las tarifas de los estacionamientos estén de acuerdo a lo establecido por la ley que entró en vigencia hoy, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) entregó una serie de recomendaciones a los usuarios para que estén atentos a las condiciones y beneficios de la nueva normativa.

Revisa a continuación cinco datos útiles de la ley para los usuarios:

1. Empresas deciden si habrá cobro fraccionado o será gratuito. La nueva norma establece dos estructuras de cobro por el servicio de estacionamiento, una es el fraccionamiento por minuto efectivo de uso, o por un tramo máximo de 10 minutos de tiempo vencido, cuyo periodo inicial no debe ser inferior a media hora, es decir que si una persona estaciona por un periodo de hasta 29 minutos, no tendrá que pagar.

2. No se puede "redondear" la tarifa. El Sernac es enfático en señalar que en ningún caso las empresas pueden aproximar al alza la tarifa al momento de cobrar, ya que una de las ideas de la normativa es "cobrar lo justo" por el servicio.

3. Gratuidad en casos especiales. En el caso de clínicas y hospitales, la ley establece que en caso de urgencia o emergencia, el estacionamiento debe estar liberado de cobro por el tiempo que dure la contingencia. Esto aplica también para pacientes con dificultad física permanente o transitoria para su desplazamiento.

4. No habrá más tarifas prefijadas por extravío del ticket. En uno de los principales cambios de la nueva ley, se determina que las empresas ya no podrán cobrar un monto determinado por la pérdida del ticket de estacionamiento. En caso de que esto suceda, la empresa deberá determinar tras consultar a sus registros cuánto tiempo estuvo el usuario en el lugar y cobrar la tarifa correspondiente.

5. Empresas deberán responder por robos. Otro de los aspectos para poner atención de la nueva normativa es que en caso de robo o hurto al interior de los establecimientos, las empresas serán civilmente responsables de los perjuicios causados al consumidor.

Al respecto, el director regional Metropolitano del Sernac, Juan Carlos Luengo indicó que de producirse robo, hurto o daños en el vehículo "debe entenderse que las empresas que ofrecen el servicio de estacionamiento no adoptaron las medidas de seguridad adecuadas, y por tanto, deben asumir dicha responsabilidad".

La autoridad además puntualizó que se estará fiscalizando la aplicación de la normativa y que "en caso de detectar incumplimientos, no dudaremos en tomar las acciones pertinentes para acudir en defensa de los usuarios de estacionamientos".

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