El Estado entrega el Bono al Trabajo de la Mujer, también conocido como Bono Mujer Trabajadora, para aumentar los ingresos de las mujeres en nuestro país. Eso sí, las interesadas deberán cumplir con una serie de requisitos.
Ojo, existen dos maneras de recibir el beneficio y cuentan con ciertas restricciones.
El primero de ello es a través de un pago anual, el cual no está sujeto a la devolución del dinero y se realiza una vez al año. Esto, de acuerdo a las rentas percibidas el año anterior que especificó la mujer trabajadora (de enero a diciembre).
La otra opción que cuentan las beneficiadas es a través de un pago mensual, el cual podría estar sujeto a devolución del dinero.
Beneficios sin cobrar del IPS: Revisa con tu RUT si tienes bonos pendientes
Revisa con tu RUT si te corresponde el Bono al Trabajo de la Mujer
Para comprobar si te corresponde o no el Bono al Trabajo de la Mujer, simplemente debes ingresar al sitio del validador de requisitos del Sence. Para eso, puedes pulsar en el siguiente enlace >>AQUÍ<<.
Ya en el sitio, deberás escribir tu RUT y oprimir en "Validar".
Luego, el sitio detallará si cumples con los requisitos para optar al Bono al Trabajo de la Mujer. Es decir, si tienes sexo femenino, la edad que corresponde y si estás en el RSH.
¿Cuánto es el monto que entrega del Bono al Trabajo de la Mujer?
Si eliges la alternativa de un único depósito, se entregará $570.825 una vez al año, siendo calculado en base a la renta declarada.
Subsidio Familiar Automático: ¿A quiénes les corresponden los $20.328 en julio?
Si eliges la opción del aporte monetario de manera mensual, todos los meses recibirás $42.377.
Los requisitos para optar al Bono al Trabajo de la Mujer:
- Tener entre 25 y 59 años.
- Trabajar de forma dependiente o independiente.
- Estar en el 40% de las familias más vulnerables de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- Recibir una renta bruta mensual inferior a $606.537 o renta bruta anual interior a $7.278.446.
- Tener cotizaciones al día.
- No trabajar en una institución del Estado, incluyendo municipios, o en una empresa privada con aporte estatal igual o superior al 50%.
- No recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG).
- Trabajadoras independientes deben emitir boletas de honorarios y realizar el proceso de Declaración de Renta del SII.