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Aguinaldo de Fiestas Patrias: En qué casos es obligatorio en empresas privadas

T13
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Para trabajadores del sector público, el aguinaldo de Fiestas Patrias está fijado por ley y tiene un monto claro y específico.

A pocos días del inicio del pago del aguinaldo de Fiestas Patrias para trabajadores del sector público, surgen diversas interrogantes desde los empleados de empresas privadas.

Si bien el aguinaldo no es obligatorio para el sector privado, existen casos donde las empresas deben pagarlo.

El abogado laboral Cristian Aguayo conversó con T13 En Vivo, donde explicó que no es obligatorio “salvo que, exista un acuerdo expreso entre el trabajador y su empleador en el contrato individual de trabajo o en su contrato colectivo, en el caso que exista”.

“Existiendo la posibilidad siempre que se establezca que existe un derecho tácito, una cláusula tácita de un derecho adquirido cuando no está escriturado en su contrato, pero el trabajador ha recibido sistemáticamente durante los mismos periodos”, detalló.

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Aguinaldo de Fiestas Patrias

Sin embargo, en el sector público está fijado por ley y hay un monto claro y específico.

“En materia de derecho público, todos los trabajadores que tengan una remuneración de hasta $984 mil van a recibir un aguinaldo de $85.093. Los que reciban más de esta cantidad van a tener un aguinaldo de $59.071”, explicó el abogado.

Estas cifras podrían ser un parámetro para las empresas que pagarán el aguinaldo, pero no es una obligación. “La recomendación es que vaya a la realidad de cada empresa”, dice Aguayo.

Aguinaldo de Fiestas Patrias - Agencia Uno
Aguinaldo de Fiestas Patrias - Agencia Uno

“El empleador podría plantear válidamente que no está escriturado y que el monto o la procedencia del aguinaldo están determinados por la realidad coyuntural de un año pertinente y ahí lo que puede ocurrir es que se abra esta discusión. En principio el trabajador podría reclamar esto ante la autoridad fiscalizadora, ante la Dirección del Trabajo”, explicó.

De todas maneras, el abogado enfatiza que “si el empleador no tiene este año la posibilidad de dar el aguinaldo o no en la misma cuantía, creo que lo recomendable sería tratar de explicárselo a sus trabajadores y evitar una situación de conflicto”.

“El aguinaldo adopta distintas formas (…) la gran mayoría de los empleadores en realidad los entrega en modalidad dinero y/o a través de cajas o celebraciones, por regla general, esa ha sido la fórmula mixta que se establece salvo en aquellos casos donde el empleador establece un monto en los contratos personales o colectivos”, concluyó el abogado.

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