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Juzgado de Talcahuano ordena al Registro Civil inscribir a mujer como segunda madre de un niño

Juzgado de Talcahuano ordena al Registro Civil inscribir a mujer como segunda madre de un niño
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La pareja homoparental solicitó que se le conceda su condición de madre a las dos mujeres, luego de que una de ellas concibiera a un niño, vía reproducción asistida.

El Juzgado de Familia de Talcahuano ordenó al Registro Civil inscribir el nacimiento de un menor, reconociendo la condición de madre de dos mujeres. La determinación de la justicia llega tras la presentación de un recurso de la pareja y la decisión de la jueza de familia Andrea Caro.

La pareja decidió tener un bebé vía reproducción asistida, es decir, una de ellas llevó adelante el embarazo y tuvo a su hijo biológico. Sin embargo, la otra madre del niño debió acudir al tribunal para que se autorizara la inscripción de su hijo en esa condición.

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“La sentencia efectúa un análisis en orden a considerar lo que se entiende primeramente por familia, toda vez que esto es un concepto dinámico que depende de diversas variables sociales, culturales, regionales, por lo tanto, ni la legislación interna ni internacional encuentra una definición categórica”, explicó la jueza Caro.

“Se ha acreditado fehacientemente que esta pareja del mismo sexo, junto a su hijo, constituyen una familia, toda vez que se encuentran unidas por un vínculo afectivo y con un proyecto en común”, añadió.

La jueza de la región del Biobío explicó que el Registro Civil deberá reconocer la condición de madre de ambas mujeres y que, de lo contrario se estaría contraviniendo distintos tratados internacionales.

“Se procedió al análisis si la legislación nacional protegía a este tipo de familias, estimando esta jueza que se hace aplicable el artículo 182 del Código Civil, que reconoce la filiación de un hijo concebido mediante las técnicas de reproducción asistida, respecto de un padre y una madre. Efectuando una interpretación armónica de dicho texto legal, con tratados y convenciones internacionales, se estimó eta norma legal aplicable al caso en cuestión”, detalló Caro.

“Decidir lo contrario significaría ir en contravención de una serie de derechos del niño, como lo son el derecho a la identidad, el derecho a la familia, el interés superior del niño y la igualdad de los hijos”, agregó.

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