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Corte Suprema revoca resolución y da la razón al Gobierno por expulsión de ciudadanos venezolanos

Corte Suprema revoca resolución y da la razón al Gobierno por expulsión de ciudadanos venezolanos
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El máximo tribunal concluyó que la autoridad administrativa de la zona, es decir, la Intendencia de Tarapacá, "ha obrado dentro del límite de sus atribuciones, con estricto apego a las normas contenidas en la Constitución y las leyes, fundando adecuadamente sus actos". Esto, luego de que la Corte de Apelaciones de Iquique, acogiera recursos de amparo a favor de los migrantes expulsados.

La Corte Suprema revocó, este miércoles, 3 de 4 recursos de amparo interpuestos en favor de inmigrantes expulsados desde la ciudad de Iquique el día 10 de febrero. La semana pasada, la Corte de Apelaciones de Iquique había acogido dichas acciones y dejó sin efecto la expulsión.

Sin embargo, el máximo tribunal concluyó que la autoridad administrativa de la zona, es decir, la Intendencia de Tarapacá, "ha obrado dentro del límite de sus atribuciones, con estricto apego a las normas contenidas en la Constitución y las leyes, fundando adecuadamente sus actos".

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Al respecto, se refirió el subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, quien comentó que "creemos especialmente relevante comunicar a aquellos ciudadanos extranjeros que la forma de ingresar a nuestro país es hacerlo regularmente, quienes lo hacen clandestinamente arriesgan su patrimonio, arriesgan su vida muchas veces, pero además obligan a Chile a iniciar, respecto a esas personas, procesos de expulsión".

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En cuanto al recurso que fue confirmado por la Corte Suprema, tampoco se plantea algún cuestionamiento al procedimiento administrativo en virtud del cual se materializaron las expulsiones, sino que atendió a una circunstancia particular de la persona amparada.

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Por su parte, este martes, la Corte de Apelaciones de Iquique, de manera unánime, rechazó un recurso de amparo interpuesto por el abogado Francisco Cox Vial, desestimando afirmaciones contenidas en dicho escrito referidas a las condiciones sanitarias en que son mantenidos los ciudadanos extranjeros que han ingresado por pasos no habilitados, así como también la supuesta detención ilegal de que eran objeto.

Al respecto, la Corte concluyó que a propósito de las situaciones denunciadas por Cox, no existió ninguna acción u omisión que afectara la libertad personal o ambulatoria de las personas amparadas.