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Suprema ratifica sanción a empresa vinculada a fallas del puente Cau Cau

Suprema ratifica sanción a empresa vinculada a fallas del puente Cau Cau
T13
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A solicitud del MOP, Zañartu Ingenieros Consultores será excluida por un año del registro de contratistas que participan en las licitaciones del Estado.

La Corte Suprema confirmó las sanciones impuestas por el Ministerio de Obras Públicas (MOP) a la empresa Zañartu Ingenieros Consultores, SpA. que incurrió en "graves fallas constructivas y de fiscalización en el Puente Cau Cau", según detalló la cartera involucrada.

La sanción consiste en la exclusión de la empresa del Registro de Contratistas durante un año. Es decir, no podrá participar en las licitaciones que haga el Estado. Dicha sanción fue tomada de razón por Contraloría General de la República quien determinó que ésta se había aplicado de conformidad a la legalidad vigente.

El 24 de junio de 2016, Zañartu Ingenieros Consultores había presentado un recurso de protección impugnando las sanciones impuestas por el MOP, lo que fue rechazado por la Corte de Apelaciones y ahora ratificado por el máximo tribunal.

El ministro Alberto Undurraga dijo que el fallo "reafirma la ruta trazada por el Ministerio de Obras Públicas desde que asumió este Gobierno, en el sentido que todos los responsables en las fallas del Puente Cau-Cau deben ser sancionados, y reafirma la facultad del Estado de sancionar a empresas que no cumplen con sus obligaciones para con las obras de todos los chilenos".

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