Suprema ordena reanudar búsqueda de mineros atrapados en junio en Aysén
En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema acogió el recurso de protección interpuesto por los familiares de Jorge Sánchez y Enrique Ojeda, ordenando reanudar la búsqueda de los dos mineros que quedaron atrapados en el mes de junio en la mina Dalia II en la Región de Aysén.
Los ministros del máximo tribunal establecieron que hubo un "actuar arbitrario e ilegal de los recurridos, al no agotar todos los medios de búsqueda de los trabajadores o de sus cuerpos".
De esta forma, se obliga a que la empresa minera responsable y el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), retomen la búsqueda.
"Considerando que los días 10 y 11 de julio de 2017 se desarrollaron las reuniones en que la Intendenta de la Región de Aysén comunicó su decisión de no continuar la búsqueda de los mineros, basada en las conclusiones a las que había arribado el Servicio Nacional de Geología y Minería, organismo que también comunicaba, entonces, similar determinación, y que a dicha época no existía certeza acerca de la muerte natural o presunta de los mineros, este acto decisorio aparece arbitrario o desprovisto de razonabilidad, pues el motivo que, precisamente, determinó el inicio y desarrollo de las labores de búsqueda que hasta entonces habían desplegado el Servicio Nacional de Geología y Minería y la Intendencia de la Región de Aysén en ejercicio de sus facultades legales, radicaba en la posibilidad de que dichos trabajadores pudiesen ser rescatados con vida o, al menos, sus restos hallados; situación que por ende aún justificaba que, contrariamente a lo decidido, los recurridos se mantuvieran en esas labores de búsqueda hasta agotar todos los medios disponibles", señala el fallo de la Suprema.
La resolución puntualiza que "los recurridos, al decidir la no continuación de las labores de búsqueda y rescate de los mineros Jorge Sánchez Martínez y Enrique Ojeda González, incurrieron en actos arbitrarios e ilegales que conculcaron los derechos que tanto a ellos como a los recurrentes les reconoce el artículo 19 Nº 1 de la Constitución Política de la República".
Los mineros quedaron atrapados en el yacimiento minero el 9 de junio, y tras 18 de días de búsqueda, los organismos aseguraron que no era posible encontrarlos con vida, pero sin embargo prometieron seguir hasta dar con los cuerpos, los que finalmente no pudieron ser rescatados.