Suprema confirma libertad condicional de otros dos condenados por crímenes de lesa humanidad
La Corte Suprema confirmó las sentencias dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago, que reconocieron el derecho a la libertad condicional de dos condenados por crímenes de lesa humanidad.
En el primer fallo, y de forma unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal del país ratificó la sentencia que concedió el beneficio a Emilio de la Mahotiere González. En el segundo fallo y en decisión dividida, la Segunda Sala del máximo tribunal del país confirmó el beneficio para Moisés Retamal Bustos.
Las resoluciones explican que "las Convenciones suscritas por Chile en materia de Derechos Humanos no impiden reconocer a los condenados su derecho a reincorporarse a la sociedad mediante mecanismos como el de la Libertad Condicional".
También se plantea que "concordantemente, el fallo dictado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Barrios Altos vs. Perú, en la resolución sobre el cumplimiento de la sentencia de 7 de septiembre de 2012, sólo cuestiona el otorgamiento "indebido" de beneficios en la ejecución de la pena, lo que eventualmente puede conducir a una forma de impunidad, situación que no se presenta en el caso de autos, donde el amparado cumple los extremos legales y reglamentarios para acceder a la libertad condicional".
Emilio de la Mahotiere fue condenado a tres años y un día como encubridor de homicidio calificado en el marco del caso Caravana de la Muerte mientras que Moisés Retamal Bustos cumplía seis años de cárcel en Punta Peuco por el secuestro de tres ciudadanos uruguayos detenidos en San José de Maipo.
Además, este martes se confirmó que otros cinco detenidos por crímenes ocurridos en dictadura obtuvieron el beneficio de libertad condicional luego que la Corte Suprema considerara que Gamaliel Soto Segura, Manuel Pérez Santillán, José Quintanilla Fernández, Hernán Portillo Aranda y Felipe González Astorga cumplieran con los requisitos legales.