La Superintendencia de Salud señaló que a raíz de una serie de denuncias recibidas debido a la suspensión o término de convenios entre clínicas e Isapres, por medio de su Intendencia de Fondos, emitió la Circular N°413 que actualiza la normativa para proteger a las personas afiliadas y resguardar el acceso a los beneficios en salud que están pactados en sus planes de Isapres.
El superintendente de Salud, Víctor Torres, detalló que desde que se tomó conocimiento de la suspensión o término de convenios entre prestadores e Isapres, "hemos estado trabajando en una actualización a la normativa, dentro de lo que nuestras facultades nos permiten, para resguardar el pleno acceso de las personas afiliadas a sus beneficios en salud".
Sobre la circular, Torres señaló que "establece la obligación de las Isapres de otorgar financiamiento vía reembolso en caso de que el prestador no cobre de acuerdo al convenio, o éste haya cesado, lo que resulta especialmente necesario, por ejemplo, cuando el prestador se niega a emitir y/o recibir bonos para otorgar las prestaciones".
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"También instruimos a la Isapre que informe especialmente a la persona cómo podrá seguir accediendo a los beneficios en el o los prestadores en los cuales se atendía habitualmente y cuyos convenios fueron modificados o terminados. Por ejemplo, si podrá hacerlo a un precio o en un tipo de habitación distintos o sólo por libre elección, etc." detalló Torres.
La circular también flexibiliza la normativa, permitiendo a las Isapres adecuar el plan cerrado o preferente, ya sea con una modificación al convenio o derechamente con el reemplazo del prestador cuyo convenio ha sido modificado, suspendido o terminado.