Superintendencia de Pensiones instruye a las AFP y aseguradoras con instructivo para pago de la PGU
La Superintendencia de Pensiones (SP) instruyó, la tarde de este miércoles, a las entidades pagadoras de pensiones para que establezcan los procedimientos y los plazos para una correcta y oportuna implementación de la ley que crea una Pensión Garantizada Universal (PGU), aprobada por el Congreso.
La nueva ley establece una pensión de 185 mil pesos para las personas mayores de 65 años del 90 por ciento más vulnerable del país, y comenzará a ser pagada la tercera semana de febrero para aquellas personas que pertenecían al Pilar Solidario.
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A través de un oficio, la SP ha dispuesto que todas las entidades pagadoras de beneficios previsionales -las mutuales, el Instituto de Previsión Social (IPS), las administradoras de fondos de pensiones (AFP), las compañías de seguros de vida (CSV) y el Instituto de Seguridad Laboral (ISL)- tendrán cinco días hábiles desde que se publique la ley en el Diario Oficial para comunicar a los beneficiarios de la PGU si su aporte será reemplazado por uno mayor y de forma automática, o si se evaluará su caso para determinar cuál es el mayor beneficio al que pueden optar.
Las comunicaciones hacia los beneficiarios de la PGU deberán efectuarse en una carta al domicilio del beneficiario, un correo electrónico, un mensaje de texto al teléfono celular (SMS) o una llamada telefónica.
Para el caso de las administradoras de fondos de pensiones (AFP), podrán usar en sus comunicaciones relativas a la PGU los datos de contacto recibidos con ocasión de los retiros de ahorros previsionales.
De igual modo, se determina que dentro de cinco días hábiles de publicada la ley en el Diario Oficial, la información deberá ser puesta a disposición del público en general en el sitio web de las entidades pagadoras de pensión y en sus oficinas de atención de público.
Los beneficiarios de esta nueva pensión serán a cerca de 2,5 millones de personas de 65 años o más que no pertenezcan al 10% de mayores ingresos de la población.