El Instituto de Previsión Social (IPS) entrega durante todo el año el Subsidio Maternal, dirigido a las mujeres embarazadas de escasos que recursos que no pueden acceder a la Asignación Maternal.
El beneficio consta de un monto mensual de $10.269 y se comienza a pagar a contar del quinto mes de embarazo. Se extiende por todo el periodo de gestación, incluídos los cuatro primeros meses. Es decir, se paga desde el quinto mes y hasta finalizar el embarazo, pero retroactivamente por los 4 meses anteriores.
Desde el día de su nacimiento, el menor pasa a ser causante del Subsidio Familiar.
¿Quiénes pueden postular?
Pueden acceder a este subsidio las embarazadas que se encuentren en el Registro Social de Hogares (ex Ficha de Protección Social) y que pertenezcan al 60% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad, de acuerdo a la calificación socioeconómica.
Está destinado a las mujeres que no pueden acceder a la Asignación Maternal.
El subsidio es incompatible con los demás beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares (asignaciones familiares y la Pensión Básica Solidaria (PBS).
En el caso de tener de poseer más de un beneficio, la mujer deberá optar solo por uno de ellos, ya que son incompatibles con el Subsidio Maternal.
¿Cuándo y dónde puedo realizar el trámite?
El trámite se puede realizar durante todo el año por escrito en la municipalidad correspondiente al domicilio de la embarazada.
¿Qué documentos se necesitan?
Se debe consultar directamente en la municipalidad correspondiente. Por lo general, los documentos solicitados son:
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio.
- Certificación que acredite que se encuentra en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los Servicios de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
¿Tiene algún costo el trámite?
No. El trámite es gratis.