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Ola de frío: Estas son las temperaturas mínimas que deben tener las salas de clases para funcionar según el nivel y la región

Agencia Uno - Niño con mascarilla, imagen referencial
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En el mes de junio se ha notado una baja considerable en las temperaturas y los virus respiratorios van al alza. ¿Existe una temperatura mínima en los salones de los colegios?

Con temperaturas cada vez más bajas en gran parte del país y los virus respiratorios circulando, no son pocos los apoderados que llegan a dudar sobre si enviar o no a sus hijos al colegio. Si uno de sus motivos para hacer que sus pupilos falten a clases son las heladas, no está de más recordar que la ley exige condiciones mínimas a los colegios.

Entre 12°C y 15°C según el nivel: Salas de clases deben cumplir una temperatura mínima

El decreto 548, vigente desde 1989, señala que los establecimientos educacionales deben cumplir con una serie de exigencias mínimas "que permitan que la labor educativa se desenvuelva en un marco físico adecuado".

En el artículo nueve de ese documento se señala que los locales escolares y complementarios deberán mantener en "los recintos de uso de los párvulos y alumnos, excluidos los servicios higiénicos y patios, las siguientes temperaturas mínimas".

¿Cuáles son las temperaturas mínimas exigibles en colegios y salas de clases?

Esto depende tanto del nivel educativo como de la ubicación de los establecimientos. Para educación parvularia rige desde el río Maipo al sur y para educación básica y media se considera como barrera los ríos Ñuble e Itata.

  • a. Educación Parvularia, una temperatura de 15º C en las zonas: andina, central interior del río Maipo al sur, sur litoral, sur interior y sur extrema.
  • b. Educación Básica y Media, una temperatura de 12º C en las zonas: andina, central interior de los ríos Ñuble e Itata al Sur, sur litoral, sur interior y sur extrema.
  • c. Hogares Estudiantiles, una temperatura de 15º C en las zonas: andina, central interior del río Maipo al sur, sur litoral, sur interior y sur extrema.
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El reglamento también establece que las temperaturas mínimas antes señaladas deberán lograrse "idealmente mediante estrategias pasivas", como aprovechar y mantener el calor, por ejemplo, a través del aislamiento térmico. Si esto no se consigue, se podrá usar ductos de calefacción u otro método "provisto de elementos de protección contra las quemaduras".

La fiscalización de estas y otras materias básicas para la educación es parte de las atribuciones y tareas de la Superintendencia de Educación.

Consultados sobre el tema, desde la Superintendencia comentaron a T13.cl que para apoyar a los establecimientos en esta materia se flexibilizó el uso de la Subvención Escolar Preferencial para la instalación y adquisición de equipamiento o infraestructuras con este fin.

"Es importante destacar que no está permitido solicitar a la comunidad educativa materiales de construcción o insumos para la calefacción o su equivalente en dinero, ya que constituiría un cobro indebido a los apoderados", agregaron.

¿Cómo reportar incumplimientos en la normativa?

Desde la Superintendencia de Educación comunicaron que "si un integrante de la comunidad educativa informa a los directivos del establecimiento sobre problemas de calefacción en el local escolar, pero la situación persiste, puede ingresar una denuncia ante la Superintendencia de Educación".

Esto se puede hacer en cada una de las oficinas regionales de atención ciudadana o en el sitio web de la Superintendencia de Educación.