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Retiro del 10%: Corte Suprema entrega recomendaciones para tramitar retención por deuda alimenticia

Retiro del 10%: Corte Suprema entrega recomendaciones para tramitar retención por deuda alimenticia
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La ministra vocera del pleno, Gloria Ana Chevesich, explicó que estas gestiones se promueven teniendo presente “el interés superior de los niños, niñas y adolescentes”.

El Pleno de la Corte Suprema aprobó este jueves las “recomendaciones de funcionamiento operativo para tribunales con competencia en Familia”, para facilitar la tramitación ante la reforma constitucional que permite el retiro excepcional de fondos desde las administradoras de fondos de pensiones.

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La resolución del pleno indica que se tomó conocimiento del gran número de presentaciones relacionadas con solicitudes de retención de dichos fondos, que han ingresado a los tribunales de familia a lo largo del país, “que tienen por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimenticias insolutas, así como de las diferentes temáticas que se deberán decidir y las posibles dificultades que tales tribunales podrían afrontar con motivo de su resolución oportuna”.

Junto con aprobar las recomendaciones, el pleno de la Corte Suprema indicó a los tribunales de familia o con competencia en familia del país que “de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 de la Ley 19.968, dicha magistratura está facultada ‘en cualquier etapa del procedimiento, o antes de su inicio, de oficio o a petición de parte, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación’ para decretar las medidas cautelares conservativas o innovativas que estime procedentes”.

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La ministra vocera de la Corte Suprema y coordinadora del equipo de trabajo del Poder Judicial, Gloria Ana Chevesich, explicó que estas gestiones se promueven teniendo presente “el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, por lo que resulta necesario generar la posibilidad cierta que se cautelen los derechos de los alimentarios, incluso de oficio, por los tribunales de Familia del país”.

La autoridad destacó que si bien son recomendaciones generales, cada caso será analizado en su mérito y condiciones particulares: “Sin perjuicio de la premura, las juezas y jueces  tendrán que resolver las presentaciones que hagan los y las alimentarias y también los alimentantes, en el sentido que tienen que hacer valer su derecho en igualdad de condiciones  y con la imparcialidad que caracteriza a nuestra institución”.

 REVISA ACÁ LAS RECOMENDACONES DE LA CORTE SUPREMA

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