Hace más de un mes, la defensa de un afiliado a AFP Provida presentó una nulidad de derecho público internacional con el objetivo de llevar su caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y así obtener la totalidad de sus fondos previsionales.
Sin embargo, el 30 de septiembre la Tercera Sala de la Corte Suprema decidió rechazarlo por unanimidad por improcedente y condenar en costas al involucrado.
A juicio de la defensa de la administradora, el recurso no podía prosperar ya que no se encuentra "dentro de aquellas que esta Excma. Corte Suprema deba conocer y fallar, conforme a su competencia".
Según el abogado Gonzalo Fernández -socio a cargo del área judicial del estudio Carey- quien asesoró a Provida en la apelación a la Corte Suprema, ya se ejercieron todos los recursos disponibles.
"La acción es absolutamente improcedente e inadmisible y a mayor abundamiento lo resuelto por esta Excma. Corte Suprema no vulnera en modo alguno los estándares formales y materiales establecidos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos", argumenta.
Historia del caso
A comienzos de año, la Corte de Apelaciones de Talca ordenó a Provida devolver los fondos acumulados para su pensión a un afiliado. Luego, la Corte Suprema revirtió el fallo.
En marzo de este año, el jubilado solicitó que se le entregaran anticipadamente los fondos de su jubilación, ante lo que la administradora se negó, por ser contrario a la normativa vigente.
Frente esta respuesta, el jubilado presentó un recurso de protección acogido por la Corte de Talca, que ordenó la entrega anticipada de los fondos.
Más tarde, el jubilado presentó una nulidad de derecho público internacional.
El abogado del afiliado, José Eduardo González, argumentó en esa instancia que interpuso el recurso porque la sentencia no cumplía con los estándares establecidos a nivel internacional para ser considerada una sentencia. "Se violó el Derecho al Contradictorio, es decir, el derecho que tenemos los abogados de que se nos escuche. Se vulnera el debido proceso", cuestionó.