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Quilicura aprueba ordenanza municipal que prohíbe y sanciona el acoso callejero

Quilicura aprueba ordenanza municipal que prohíbe y sanciona el acoso callejero
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La medida se aplicará la ordenanza en todos los espacios públicos o espacios de acceso al público, obras y faenas de edificación y todo recinto de carácter municipal.

La Municipalidad de Quilicura aprobó una ordenanza que previene, prohíbe y sanciona el acoso callejero en la comuna.

Según explicaron desde la Municipalidad, la ordenanza busca prevenir, prohibir y sancionar el acoso callejero "ya que atenta contra la honra, dignidad e integridad física y psicológica de las personas sin que medie el consentimiento del ofendido u ofendida".

Al respecto, manifestaron que se aplicará la ordenanza en todos los espacios públicos o espacios de acceso al público, obras y faenas de edificación y todo recinto de carácter municipal.

"La ordenanza nos permitirá también realizar una labor educativa, de promoción y prevención sobre los acosos callejeros", agregaron, precisando que se trata de prácticas de connotación sexual y/o manifestaciones ofensivas.

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En esa línea, detallaron que hay diversas multas dependiendo del tipo de acoso.

De 2 a 5 UTM, según la gravedad del caso, a comentarios e insinuaciones sexuales y los gestos y sonidos obscenos.

Fotografiar o grabar sin consentimiento contempla una multa de entre 3 y 5 UTM por cada hecho y según la gravedad del caso.

5 UTM contra el contacto físico indebido y sin consentimiento; la persecución o arrinconamiento; y la masturbación y exhibicionismo.

Las expresiones verbales o físicas que signifiquen agraviar, denostar o humillar a una persona tienen multas de 2 a 5 UTM por cada hecho y según la gravedad del caso.

Y de 1 a 5 UTM para todos los actos que afecten la honra y dignidad de la persona.

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