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Impuestos para el segundo retiro del 10%: ¿Quiénes deberán pagar si se aprueba el proyecto?

Impuestos para el segundo retiro del 10%: ¿Quiénes deberán pagar si se aprueba el proyecto?
T13
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El proyecto deberá ser analizado y votado por la Cámara de Diputados. La iniciativa establece un retiro máximo de 150 UF (alrededor de 4 millones de pesos) y un mínimo de 35 UF (un millón).

La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, durante la tarde de este jueves, el proyecto que permite un segundo retiro del 10% de los ahorros previsionales y se estableció la posibilidad de un reintegro voluntario de los fondos además del pago de impuestos. 

La comisión también aprobó, por 7 votos a favor y 6 en contra, una indicación que establece que los fondos retirados constituirán renta para todos los efectos legales. Es decir, pagarán impuestos. 

Sin embargo se estableció como excepción del pago de impuestos a aquellas personas que tributen en los primeros tres tramos de la ley de impuesto a la renta (menos de 2,5 millones de pesos) y cuando los recursos retirados sean superiores a 35 UF (un millón de pesos).

Para estos efectos, se propuso que el cálculo de la remuneración y renta imponible corresponderá al promedio de las últimas 12 remuneraciones y rentas declaradas en el sistema en los últimos 10 años

La Superintendencia de Pensiones regulará, mediante norma de carácter general, los procedimientos, operaciones y demás aspectos que sean necesarios para la implementación de esta disposición.

El proyecto propone reconocer en la Constitución, el derecho de propiedad que los afiliados tienen sobre sus fondos previsionales, los que en un porcentaje podrán ser retirados en forma extraordinaria.

De esta manera, los afiliados podrán realizar un segundo retiro de hasta el 10 por ciento de los fondos de pensiones, estableciéndose como monto máximo de retiro el equivalente a 150 UF (alrededor de 4 millones de pesos) y un mínimo de 35 UF (un millón de pesos).

Lo que resolvió la comisión debe ser ratificado por la Sala de la Cámara de Diputados y posteriormente por el Senado para continuar con su trámite en el Congreso y finalmente que sea efectivo el retiro.

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