¿Qué dice la ley sobre el pago de propina en distintos servicios?
El debate sobre el pago de la propina volvió a surgir luego de que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) anunciara la fiscalización a un conocido bar capitalino.
Desde el Sernac indicaron que los consumidores del Pub Dublín reclamaron por una eventual presión para dejar la propina.
Ante esta denuncia y otros reclamos por discriminación arbitraria, el Sernac ofició al pub. En este sentido, tienen un plazo de 10 días hábiles para no responder y de no hacerlo, arriesgan multas de hasta 400 UTM –más de 26 millones de pesos-.
¿Qué dice la ley sobre el pago de propina?
El tema de las propinas está regulado expresamente por el Código del Trabajo, norma que en su artículo 64, indica que “en los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos el 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, salvo que éste manifieste su voluntad en contrario”.
Es decir, en Chile no se puede exigir la propina obligatoria. Los locales que atiendan público, a través garzones, pueden sugerir a sus clientes una propina de, al menos 10 por ciento en cada cuenta, pero el consumidor puede manifestar su deseo de no pagar, o pagar un monto menor.
Las propinas se aplican también en aquellos establecimientos con atención al público, como las estaciones de combustibles u otros, pero en su caso no es obligatorio sugerir el 10 por ciento, debiendo sólo preguntar por dicha posibilidad.
La propina aplica además cuando un consumidor recibe un servicio adicional de parte de trabajadores del establecimiento, pero no si se trata de un local de autoservicio, donde la persona sólo recibe el producto, o solo se presta únicamente el servicio contratado, como, por ejemplo, un corte de pelo.