Las 4 exigencias que deberán cumplir las AFP para que los afiliados puedan pedir su retiro del 10%
La Superintendencia de Pensiones (SP) instruyó este lunes el procedimiento definitivo para que las Aseguradoras de Fondos de Pensiones (AFP) faciliten el retiro de hasta el 10% de los ahorros previsionales que mantienen las personas, al que podrán acceder por única vez, debido a la crisis económica que ha derivado de la pandemia del coronavirus.
En el nuevo instructivo, la SP dispuso de los datos que deberán pedir las AFP en el formulario para hacer la solicitud y también la forma en que las personas deberán pedir su dinero para no llevar a confusiones, luego que circularan en redes sociales rumores sobre cómo sería la reclamación del monto.
De esta forma, se destacan 4 puntos claves que deben cumplir las AFP para que los afiliados puedan retirar su 10% a partir de este jueves 30 de julio.
1. Horario y plataforma
Las administradoras deberán tener implementado el procedimiento a partir de las 09.00 horas del próximo jueves 30 de julio de 2020 con un formulario único. Además, la Superintendencia los autorizó informar a los afiliados que hasta el 2 de agosto próximo las solicitudes de retiro se deberán presentar de manera remota.
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2. Especificar la información que se va a solicitar en el formulario
La información que deberán solicitar a los afiliados y beneficiarios considera el número de cédula de identidad y su serie o número de documento, domicilio completo (opcional), teléfono y correo electrónico, además de las respectivas instrucciones de llenado.
3. Aplicación para el retiro de fondos
La aplicación informática deberá consultar al solicitante si desea realizar el monto máximo de retiro (equivalente al 100% de los recursos que puede retirar, según establece la reforma constitucional), con alternativas de respuesta “Sí” o “No”. Si la persona selecciona “No”, lo que implica que hará un retiro parcial, se le deberá permitir seleccionar o ingresar el porcentaje del retiro que quiere efectuar calculado respecto del máximo permitido en la reforma constitucional.
4. Pago de los fondos retirados
La Superintendencia determinó que la entrega de los recursos solicitados se deberá efectuar en los siguientes plazos: el 50% de lo solicitado en un máximo de 10 días hábiles desde la fecha de la presentación de la solicitud ante la AFP, y el 50% restante en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro.