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Subsidio habitacional: Hasta el 30 de octubre se puede acreditar el ahorro mínimo

Subsidio habitacional: Hasta el 30 de octubre se puede acreditar el ahorro mínimo
T13
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Para este segundo llamado el Minvu espera entregar 19 mil subsidios. Revisa cómo postular.

El segundo llamado anual del Programa de Subsidio a Sectores Medios (DSI), que permite adquirir una vivienda nueva o usada o construirla en sitio propio, abrirá postulaciones desde el 10 al 26 de noviembre.

Pero antes hay una fecha importante a considerar. Hasta el 30 de octubre de 2015 se puede realizar la acreditación del ahorro mínimo requerido, según la alternativa por la cual está postulando. Sin este trámite no se puede postular al subsidio habitacional. 

El total de subsidios entregados en el primer llamado fue 17.013, mientras que el número de subsidios contemplados para este segundo llamado son alrededor de 18.987.

Las personas que resulten beneficiadas tendrán la posibilidad de recibir hasta 250 UF, postulando de forma presencial o directamente a través de internet.

Subsidio habitacional: Hasta el 30 de octubre se puede acreditar el ahorro mínimo
Subsidio habitacional: Hasta el 30 de octubre se puede acreditar el ahorro mínimo

La ministra de Vivienda y Urbanismo, Paulina Saball, explicó a T13.cl que este año se introdujo "importantes modificaciones al programa del subsidio de sectores medios".

"En primer lugar, aumentamos el monto del subsidio para que, en conjunto con el ahorro, las familias financien aproximadamente el 20% del valor de la vivienda; en segundo lugar, introdujimos un nuevo subsidio que premia el pago oportuno del dividendo a través de un descuento mensual de 20, 15 o 10 por ciento según el monto del crédito inicial y ampliamos el seguro de desempleo a todo el período de servicio del crédito; y, en tercer lugar, aumentamos el precio máximo de la vivienda a adquirir", detalló la titular del Minvu. 

Tres alternativas de subsidio

- Alternativa 1: Título I, tramo 1 o "Título 0".

- Alternativa 2: Título I, tramo 2.

- Alternativa 3: Título II.

Para la Alternativa 1 se considera sólo postulación individual. Para las Alternativas 1 y 2 se considera postulación individual y colectiva con proyecto.

Acreditación del ahorro

Para postular a este llamado, los interesados o sus cónyuges deberán acreditar que cumplen con el ahorro mínimo exigido según la Alternativa a la que están postulando, debiendo estar depositado y reflejado como saldo disponible al 30 de octubre de 2015.

Se considera el valor de la UF al último día del mes anterior al de la postulación.

Subsidio habitacional: Hasta el 30 de octubre se puede acreditar el ahorro mínimo
Subsidio habitacional: Hasta el 30 de octubre se puede acreditar el ahorro mínimo

Monto de ahorro mínimo requerido

Para la alternativa 1, es decir para viviendas cuyo precio no supere las 1.000 UF y Alternativa 2, para viviendas de hasta 1.400 UF, se requiere un ahorro de 30 UF (764.087 pesos aproximadamente). 

Respecto a zonas extremas, el monto que se entrega es 1.600 UF en regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá, de Antofagasta, de Atacama, de Aysén, de Magallanes, Provincias de Palena y Chiloé, comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández.

En tanto, para la alternativa 3, es decir viviendas cuyo precio no supere las 2.000 UF (2.200 UF en regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá, de Antofagasta, de Atacama, de Aysén, de Magallanes, Provincias de Palena y Chiloé, comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández), se requiere un ahorro de 50 UF (1.273.478 aproximadamente). 

Requisitos adicionales

Puntaje requerido en la Ficha de Protección Social:

El puntaje requerido en la Ficha de Protección Social será de hasta 11.734 puntos, para la Alternativa 1 y 13.484 puntos, para la Alternativa 2. Para la Alternativa 3 no se requiere contar con puntaje en la Ficha de Protección Social.

Los Adultos Mayores que postulen al beneficio podrán contar con hasta 14.557 puntos en su Ficha de Protección Social.

En el caso de personas discapacitadas, le entregan un mayor puntaje, presentando su credencial de la inscripción del Registro Nacional de la Discapacidad, con fecha vigente

El valor máximo de la vivienda, el monto máximo de subsidio y el tope de ingreso mensual del grupo familiar pueden variar, dependiendo de la zona geográfica en donde se quiera comprar o construir.

Tabla
Tabla

Para postular, el núcleo familiar declarado no podrá tener ingresos superiores a los que se indican en la Tabla.

- Por cada integrante del grupo familiar que exceda de tres, el ingreso máximo del grupo familiar se incrementará en 8 UF, respecto de los montos señalados en la Tabla, este incremento se considerará hasta un máximo de 7 integrantes.

- Para determinar los ingresos del núcleo familiar declarado, se consideran los ingresos netos de cada uno de sus integrantes, es decir, los ingresos brutos menos los impuestos y descuentos legales, los que son consultados al Servicio de Impuestos Internos.

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