El Juzgado de Garantía de Cañete dejó en prisión preventiva al alcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao, quien es acusado por la Fiscalía del Biobío de una serie de delitos sexuales.
Fue en agosto de este año cuando se supo sobre las investigaciones que llevaba la fiscalía contra el alcalde que es denunciado por abuso sexual y violación contra seis mujeres. En concreto Reinao, es apuntado como responsable de delitos de violación, abuso sexual, aborto y abuso sexual agravado.
Los crímenes contra las seis mujeres denunciantes habrían ocurrido entre 2006 y 2020 en las comunas de Tirúa, Cañete, Contulmo, Renaico, Alto Biobío, Negrete y Santiago.
El fiscal Gonzalo Martínez, de la Unidad de Delitos Sexuales de la Fiscalía de Los Ángeles, explicó en la audiencia que se desarrolló sin acceso al público, con el propósito de proteger la integridad de las víctimas que dos de las mujeres afectadas eran menores de edad al momento de padecer los delitos.
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Asimismo, detalló que Juan Carlos Reinao se valía de su cargo de autoridad para concretar los ultrajes, ya que tres de las víctimas tuvieron la condición de subordinadas del alcalde, cuestión que revela una asimetría que el imputado utilizó para realizar los delitos.
Además, el fiscal enfatizó que en los casos de las menores de edad ellas estaban en una situación de vulnerabilidad y el alcalde les había realizado propuestas de becas de estudio.
En su argumentación el fiscal Martínez planteó al tribunal la importancia de analizar los antecedentes reunidos en la indagatoria con perspectiva de género, sobre todo lo imprescindible que resulta observar el contexto en que se cometieron los delitos y las situaciones particulares en que cada una de las mujeres víctimas se encontraban inmersas.
El Juzgado de Garantía decretó que el imputado deba ingresar de forma inmediata a la cárcel de Traiguén.
Esta nota da cuenta de un proceso judicial que se encuentra actualmente en tramitación. Una vez finalizado, él o los involucrados en este reportaje podrían ser declarados inocentes, y/o los cargos desestimados según su mérito. En conformidad a la ley chilena , ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme.