Primer sobreseimiento en caso Sename: Dos cuidadoras de Lissette quedan fuera de la investigación
En esta jornada el Séptimo Juzgado de Garantía sostuvo una extensa audiencia en la que se discutió la solicitud de sobreseimiento de tres ex cuidadoras de la menor Lissette Villa, cuyo fallecimiento en el Centro de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) Galvarino en el año 2016 gatilló la crisis que experimenta actualmente el Servicio Nacional de Menores (Sename).
Se trata de Cinthia Galaz, Orfelina Valdés y Thiare Oyarce, todas representadas por la abogada Jacqueline Stubing.El magistrado Patricio Álvarez acogió la solicitud respecto de Galaz y Valdés, ya que entre las distintas circunstancias que se discutieron ante el tribunal, se planteó que los hechos imputados a las mencionadas personas ocurrieron el 2015 y eran de una gravedad menor a los que finalmente derivaron en la muerte de la menor.
El abogado de la madre de Lissette, Edmundo Von Pottstock, precisó que no se querellaron contra estas mujeres, pero manifestó que el hecho por el que fueron sobreseídas estas dos mujeres corresponde a que a la niña se le “envolvió en una sábana, en una ocasión, por dos cuidadoras, y el tribunal consideró que esto no consistía en apremios ilegítimos. En todo caso, el tribunal sí calificó los hechos como reprobables”.
A Thiare Oyarce se le imputa haber sujetado los pies de la menor al momento previo a su fallecimiento, y finalmente el tribunal no acogió su solicitud de quedar fuera del caso.
Su abogada, Jacqueline Stubing, manifestó estar tranquila respecto de Oyarce y “estamos convencidas de que vamos a poder ir a un juicio, y lograr una absolución respecto de ella. Existen numerosos antecedentes que avalan esa situación y también es un antecedente importante para las personas que efectúan aún contenciones, que no caigan en esta categoría que el Ministerio Público pretende imputar, que son esta situaciones de apremios ilegítimos”.
Asimismo, aprovechó de manifestar que la situación que se les imputa a sus defendidas corresponde a “la dura realidad que vive el Servicio. Entonces si hay algo que mejorar es replantearlo desde sus cimientos. Muchas de las personas que están al interior del Servicio son muy valiosas, y ustedes han podido observar que efectivamente han pagado muchas veces justos por pecadores como se dice, y eso va a seguir sucediendo. Pero este es un antecedente importante y suficiente para que otros puedan ser protegidos por estos argumentos que hoy el juez ha acogido”.
Oyarce manifestó a la salida de la audiencia que con las imputaciones a las cuidadoras se está cortando el hilo por lo más delgado. “Lo he dicho… hay que escalar. Hay que subir. No somos las responsables de esto. No se puede partir desde las educadoras. Yo entré y ni siquiera leí un contrato de trabajo”.
El fiscal Marcello Sambuceti manifestó su desacuerdo con lo resuelto por el tribunal, y calificó de extraño que el magistrado en audiencia calificara de “grave la situación de que a una menor la envuelvan con una frazada tapándole la cara y sin embargo establece que se trataría de una falta administrativa y no de un delito a nivel penal. Esa no es la postura del Ministerio Público (…) un hecho de estas características es grave, consiste en un apremio ilegítimo, es una grave violación del derecho fundamental de la niña”.
El Ministerio Público cuenta con 5 días para apelar a este sobreseimiento.