Saltar Aviso
Nacional

Pago del Préstamo Solidario: A quiénes se les retendrá un porcentaje de boletas desde septiembre

Pago del Préstamo Solidario: A quiénes se les retendrá un porcentaje de boletas desde septiembre
T13
Compartir
Se trata de un préstamo otorgado por el Estado que pretendía cubrir la disminución de ingresos de personas afectadas por los embates económicos de la pandemia de coronavirus, en el primer año de la emergencia sanitaria.

Ya ha pasado más de un año desde que se abrió el proceso de solicitud del Préstamo Solidario del Estado 2020, el cual fue una iniciativa del Gobierno para apoyar económicamente a las familias de clase media en medio de la pandemia de coronavirus en Chile.

Dicho préstamo estaba dedicado a trabajadores dependientes e independientes que hayan sufrido la disminución de al menos el 30% de sus ingresos; y el crédito blando cubriría al menos el 70% de la caída de dichos ingresos, con un tope de $650 mil mensuales.

Otros de los requisitos que se habían estipulado eran recibir un sueldo promedio entre $400 mil y $2 millones durante el 2019, antes del inicio de la pandemia de COVID-19.

A un año de la medida: Comienzan las retenciones

Sin embargo, tal solicitud ha comenzado a tener sus efectos en este 2021, pues tal como establecía la normativa. Desde el 1 de septiembre se comenzaron a aplicar retenciones en boletas a honorarios emitidas por los trabajadores.

En esa línea, desde el Servicio de Impuestos Internos (SII) explicaron que, si se solicitó el Préstamo Solidario del Estado en uno o más meses del 2020, desde el 1 de septiembre de 2021 se aplicará automáticamente una retención del 14,5% en boletas a honorarios que se emitan (lo que corresponde a un 3% adicional), en caso de ser trabajador independiente.

Rubilar confirma pagos del IFE al menos hasta noviembre, aunque se acabe el Estado de Excepción
Lee También

Rubilar confirma pagos del IFE al menos hasta noviembre, aunque se acabe el Estado de Excepción

Dicha retención también se aplicará a las Boletas de Prestación de Terceros Electrónicas (BTE). Y si se emiten boletas a honorarios sin retención se deberá aplicar una tasa de 14,5% al declarar los Pagos Provisionales Mensuales (PPM).

La retención adicional, establecida por la Ley 21.252, está fijada para apoyar el reintegro del préstamo y estará vigente hasta diciembre de 2024 o hasta que se extinga la deuda.

Señal T13 En Vivo