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¿Por qué no se puede sonreír en la foto del carné de identidad?

¿Por qué no se puede sonreír en la foto del carné de identidad?
T13
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A más de alguno le habrá pasado que cuando va a obtener su carné de identidad le piden no mostrar sus dientes y mantener un rostro serio. Esta solicitud tiene una razón: las normas ICAO.

Una firma propia y tomarse una fotografía son los cosas que se le piden a cualquier ciudadano, tanto chileno como extranjero, cuando va a solicitar una cédula de identidad de Chile.

A diferencia de lo que se cree, en cuanto a la rúbrica, no existe alguna exigencia específica por parte del Registro Civil. Es decir, el usuario puede tener la firma que desee y no necesariamente tiene que tener una estricta relación con el nombre de la persona. De todas maneras, queda a responsabilidad del usuario las inconvenientes que le pudiera generar tener una firma poco común a la hora de realizar trámites.

Sin embargo, no ocurre lo mismo cuando nos tomamos la fotografía. A diferencia de la mayoría de las instantáneas, donde las personas tienden a sonreír, la instrucción de los oficiales del servicio es clara: mantenga la boca cerrada.

Una orden en que son especialmente enfáticos desde el debut de la nueva cédula de identidad. Es por eso que ahora no es posible ver a gente sonriendo, como sí pasaba en el carnet de color amarillo, como se aprecia en este ejemplo (los datos personales de la persona que cedió las fotos fueron borrados). 

¿Por qué no se puede sonreír?

Según indicaron desde el mismo servicio a T13.cl esto se debe al sistema de identificación biométrico con que cuentan tanto la nueva cédula de identidad como el pasaporte. 

"En cuanto a la fotografía de la cédula de identidad y del pasaporte, el sistema de identificación multibiométrico incorpora tecnología que complementa las impresiones dactilares con el reconocimiento facial, para brindar de manera eficiente y eficaz verificación de identidad e identificación de personas", aseguraron desde el Registro Civil.

Para este reconocimiento facial, es trascendental el tipo de imagen que se saque del usuario, las que son tomadas según los parámetros dictados por la norma ICAO que son utilizados internacionalmente para imágenes de identidad.

"Las fotografías deben cumplir con la Norma ICAO, lo que implica una correcta captura de los datos biométricos del rostro de la persona, respondiendo las fotografías a medidas de seguridad y no a cánones estéticos, debiendo el usuario(a) adoptar una expresión natural y con la boca cerrada", añadieron desde el organismo estatal.

Estas normas son dadas a conocer por la Organización de Aviación Civil Internacional, cuya sigla en inglés es ICAO. ¿Qué se pide? Los ojos deben estar abiertos, debe ser en un fondo blanco, no pueden haber sombras, se debe tener una fisionomía neutra (tampoco se puede fruncir) y no se permite tener nada en la cabeza a excepción de que sea con motivos religiosos.

 

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