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Diputados despachan normativa que regula la utilización de los plásticos de un solo uso

Diputados despachan normativa que regula la utilización de los plásticos de un solo uso
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El proyecto que volverá al Senado establece, por ejemplo, que los supermercados deberán ofrecer un porcentaje de bebidas retornables en sus vitrinas y prohíbe el uso de bombillas, cubiertos y palillos plásticos.

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto de ley que regula la utilización de plásticos de un solo uso en el expendio de alimentos. La normativa pretende disminuir la generación de residuos y fomentar la reutilización y la certificación de los plásticos.

El proyecto contó con el respaldo mayoritario de la cámara baja, sin embargo, sufrió algunas modificaciones a la normativa original que había sido despacha desde el Senado, por lo que deberá volver a la cámara alta para que sea aprobado y se convierta en ley.

El proyecto establece que el plástico certificado, por ejemplo, será aquel compuesto total o parcialmente por materias producidas a partir de recursos renovables, diseñado para ser compostado a nivel domiciliario o industrial.

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La normativa plantea que, cuando se trate del consumo de un producto plastificado dentro del establecimiento que lo vende, se prohíbe la entrega, a cualquier título, de productos de “un solo uso”, es decir, aquellos que no son reutilizables.

Cuando se trate de consumo fuera del establecimiento de expendio de alimentos, solo estará permitida la entrega de productos de un solo uso de materiales distintos al plástico (compuesto por polímeros) y botellas de plástico retornables.

En el caso de las bombillas, los revolvedores, cubiertos y palillos, todos de plásticos de un solo uso, serán prohibidos por esta ley.

La propuesta considera un marco específico para las botellas plásticas, en la que se establece que las desechables que se comercialicen por cualquier persona, sean o no establecimientos de expendio de alimentos, “deberán estar compuestas por un porcentaje de plástico que haya sido recolectado y reciclado dentro del país, en las proporciones que determine el reglamento”.

Todos los comercializadores de bebestibles estarán obligados a ofrecer botellas retornables y a recibir de los consumidores estos envases. En el caso de los supermercados, el reglamento determinará un porcentaje de botellas retornable disponibles en vitrina a la venta.

Los comercializadores de bebestibles deberán sensibilizar a los consumidores sobre la importancia de la retornabilidad de la botella, publicando en sus góndolas la obligación de ofrecer a la venta este formato de botella.

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