Ordenan transfusión de sangre a niño para salvar su vida: su madre se negaba por motivos religiosos
De manera unánime, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago falló a favor de un recurso interpuesto por el Hospital de Niños Dr. Roberto del Río, luego que una madre se opusiera a la transfusión de sangre de su hijo, que padece una anemia de células falciformes.
La causa autoriza al recinto a realizar el procedimiento, que es vital para el menor de 9 años de edad. De acuerdo al tribunal de alzada, la oposición de la madre responde a fines religiosos.
El recurso fue acogido por los ministros de la Cuarta Sala, Verónica Sabaj y Matías de la Noi, en presencia también del abogado Rodrigo Asenjo. Dicha instancia fundamentó la decisión en la integridad física y el derecho a la vida del paciente.
Caso Escuchas: Dictan orden de detención contra exjuez Poblete por ausentarse a audiencia
En específico, el fallo sostiene que "es menester proteger el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica del niño antes signado, toda vez que sin el tratamiento indicado por la especialista, su esperanza y calidad de vida disminuye de forma considerable, situación que debe resguardarse por sobre una interpretación de la libertad de culto de su madre que pone en peligro la vida del menor, siendo aquella la única forma de resguardar su interés superior, desde que se ve vulnerado su derecho a la vida e integridad física y psíquica”.
El órgano de la justicia también apeló a la Convención Internacional a los Derechos del Niño y al marco de la Ley, apuntando que el menor "es un ser único y autónomo, a cuyo respecto sus progenitores tienen el deber fundamental de velar por su bienestar".
“Si bien la madre puede haber tomado la decisión recurrida pensando en el interés superior de su hijo, nada puede ser más contrario a ello que adoptar una postura que pueda redundar exactamente en todo lo opuesto a ello, esto es, en la muerte del niño antes individualizado", detalla el documento.
“Por lo anterior, todas las alegaciones expresadas por la madre recurrida en su informe, respecto del cariño, años, dedicación y cuidados que indica respecto de su hijo, queda supeditado al principio del interés superior del niño", puntualiza la publicación.