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Operación Renta 2023: Estos son los beneficios tributarios (o rebajas) a los que se puede acceder

Agencia Uno - Operación Renta 2023
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En los próximos días comenzará el proceso que permite cumplir con las obligaciones tributarias anuales. En T13.cl detallamos los beneficios a los que se puede acceder.
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La Operación Renta 2023 es un proceso en que los contribuyentes del país, tanto personas naturales como empresas, tienen la obligación de declarar sus ingresos obtenidos en 2022, cumpliendo así con sus obligaciones tributarias anuales.

Si bien el Servicio de Impuestos Internos (SII) todavía no ha dado a conocer las fechas oficiales en que se inicia el proceso, éste debería empezar el 1 de abril si se consideran las fechas del año pasado.

A la espera de la oficialización del calendario, en T13.cl detallamos los beneficios tributarios a los que se puede acceder en la Operación Renta.

Crédito por gastos en educación

Es un beneficio que establece que por cada hija o hijo estudiando, las y los progenitores pueden acceder a una rebaja de los impuestos a pagar de hasta $154.488 (4,4 UF) en la Declaración de Renta (el monto se divide entre ambos), siempre que cumpla con los requisitos.

Cabe señalar que, de común acuerdo, los progenitores pueden decidir traspasar su porcentaje del beneficio al otro, en un procedimiento llamado cesión del beneficio de Crédito por Gastos en Educación.

Recuerda que este beneficio no es un bono.

Rebaja de intereses por dividendos hipotecarios

Es un beneficio que permite rebajar de la renta bruta imponible anual, los intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria, destinados a adquirir o construir una o más viviendas (nuevas o usadas), o en créditos de igual naturaleza destinados a pagar los créditos señalados.

El beneficio tiene un tope de $5.871.072 (8 UTA) y el monto de la rebaja dependerá de tu Renta Bruta Anual, cuyos detalles puedes revisar en el sitio oficial del SII.

Crédito por contribuciones

Quienes percibieron ingresos a partir de un contrato de arriendo de propiedades no acogidas al DFL2, podrán descontar de su Impuesto Global Complementario el Impuesto Territorial (contribuciones) que hayan pagado dentro del año.

Reliquidación del impuesto de segunda categoría

Beneficia principalmente a quienes trabajan en forma dependiente y tienen sueldo mensual variable o a quienes no percibieron ingresos en uno o más meses del año.

Al reliquidar, es decir, al aplicar la tasa de impuesto considerando los ingresos sobre una base anual, se podría obtener la devolución de los impuestos pagados en exceso en los meses en que el ingreso fue mayor, o bien, en los meses en que se tuvo ingresos y, por lo tanto, la tasa del impuesto que se aplicó fue mayor a la tasa que se hubiera obtenido considerando la suma anual del total de las rentas.

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Para acceder a este beneficio, la propuesta de Declaración de Renta incorporará automáticamente la reliquidación, por lo que sólo se debe declarar.

Crédito en caso de retiros y dividendos con obligación de restitución

Quienes percibieron rentas anuales mayores a $227.504.040 (310 UTA) y realizaron retiros u obtuvieron dividendos por su participación en sociedades, pueden aplicar un crédito del 5% por dichos retiros o dividendos, sobre la parte que exceda las 310 UTA. 

Está dirigido a personas con retiros y dividendos afectos al Impuesto Global Complementario (IGC) y que tengan derecho a crédito (artículo 56 número 3 de la LIR), sujetos a la obligación de restitución.

Para conocer todos los requisitos en cada uno de los distintos beneficios, puedes ingresar al sitio oficial del SII >>AQUÍ<<.

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