Ofician a Carabineros para asegurar acceso de quien lo solicite a registros videográficos
El Consejo para la Transparencia remitió un documento a Carabineros con una serie de recomendaciones para que la policía uniformada cumpla con entregar el material audiovisual cuando sea necesario en el marco de investigaciones “por acciones vandálicas” o por procedimientos “no ajustados a protocolo”.
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Desde la corporación autónoma han oficiado a la institución policial para que cumpla con lo establecido en la Constitución y la Ley de Transparencia, que obliga a entregar, en caso que sean solicitados, los registros públicos generados con recursos del Estado, lo que incluye imágenes captadas por dispositivos y cámaras fotográficas portátiles.
“Acciones de personal vinculado al orden público y la seguridad son grabadas por equipos de video y cámara que portan en su vestimenta. Este tipo de registros es realizado con dispositivos del Estado y por funcionarios públicos, por lo que corresponde aplicar la Ley de Transparencia y acceso a la información pública”, dijo el presidente del consejo Jorge Jaraquemada.
Desde la corporación también recalcaron la importancia de este material, especialmente desde el 18 de octubre, desde que comenzaron las manifestaciones sociales.
“Muchas acciones judiciales en contra de hechos delictuales o de procedimientos que no se ajustaron al protocolo pueden tener una prueba en este tipo de material”, agregó Jaraquemada.
Entre las recomendaciones planteadas por el CPLT destaca el otorgar todas las facilidades para que, cualquier persona pueda requerir acceso a soportes videográficos en poder de las instituciones competentes y las condiciones de almacenamiento de las imágenes captadas.
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Respecto a esto, la recomendación establece que la institución debe conservar de manera “indefinida” las imágenes obtenidas por dispositivos de videograbación o cámaras fotográficas portátiles.
“Pueden dar cuenta de delitos que constituyan afectaciones graves a los derechos fundamentales o de hechos que correspondan a violaciones a los Derechos Humanos cuyo carácter de imprescriptible obliga a la institución competente a su conservación para que puedan ser puestas a disposición, tanto de las personas que deseen acceder a ellas por la vía del ejercicio del derecho de acceso a la información, como por los tribunales de justicia u órganos competentes en el ejercicio de sus funciones, en caso de ser requerido”, dice parte del documento.