Ley de Convivencia Vial: Las 14 nuevas señaléticas que regirán en calles y autopistas
El 11 de noviembre de 2018 entró en vigencia la Ley de Convivencia Vial, normativa que modifica la Ley de Tránsito, para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos modos de transporte.
Una ley en la que se incorporaron nuevas definiciones, demarcaciones y señales, las que se encuentran en el Manual de Señalización de Tránsito. Uno de los aspectos importantes es que la Ley de Convivencia Vial redujo la velocidad de 60 kilómetros por hora a 50 kilómetros por hora en zonas urbanas.
Además, se incorporaron 2 reglamentos: Manual Señalización de Tránsito, Ciclovías y Elementos de Seguridad para así tener los lineamientos necesarios que permitan a las autoridades pertinente regular el tránsito en un espectro más amplio.
El primero ya se encuentra aprobado y el segundo reingresará la próxima semana a la Contraloría General de la República. El Decreto 42.753, publicado el 10 de septiembre pasado en el Diario Oficial, que modifica el Decreto 78 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, establece el nuevo Manual de Señalización de Tránsito, y entrará en vigencia una vez transcurridos 180 días corridos desde la publicación.
Por eso es que ahora transeúntes, ciclistas, conductores y peatones deberán regirse por las 14 nuevas señaléticas que trae consigo la nueva ley.
Las nuevas señaléticas son:
1. Zona 30 (señal de restricción): Se utiliza en las denominadas zonas de tránsito, en este caso, una zona 30, para restringir la velocidad máxima a 30 km/h. Análogamente, las señales pueden contener el texto zona 20 o zona 40 cuando la velocidad está restringida a esos límites.
2. Preferencia ciclista al virar derecha (señal de obligación): Se utilizan para indicar a un conductor de vehículo motorizado que tiene la intención de virar cruzando una ciclovía, que los ciclistas que circulan por ésta tienen preferencia y, por ende, deben cederle el paso.
3. Preferencia ciclista al virar izquierda (señal de obligación): Se utilizan para indicar a un conductor de vehículo motorizado que tiene la intención de virar cruzando una ciclovía, que los ciclistas que circulan por ésta tienen preferencia y, por ende, deben cederle el paso.
4. Preferencia ciclista al cambiar de pista (señal de obligación): Se utilizan para indicar al conductor de un vehículo motorizado que tiene la intención de cambiar de pista cruzando una ciclovía, que quienes circulan por ésta tienen preferencia y, por ende, deben cederle el paso.
5. Desmonte de ciclistas (señales reglamentarias): se utiliza en pasos cebra, pasos peatonales semaforizados u otras vías peatonales en que no exista una facilidad para ciclistas, para indicarles que deben bajarse de la bicicleta y circular como peatones cuando el flujo peatonal sea intenso.
6. Control de cámara (otras señales informativas): Esta señal se usa para informar la proximidad de una zona en la que se utiliza cámara para el registro de infracciones asociadas a los límites de velocidad máxima. Esta señalética solo se podrá instalar una vez aprobado el CATI en el Congreso.
7. Zona de espera adelantada de motos I (otras señales informativas): Se usa en intersecciones semaforizadas para informar sobre la existencia de una línea de detención adelantada para motocicletas, generando una zona de detención para ellas.
8. Zona de espera adelantada de motos II (otras señales informativas): se usa para informar en intersecciones semaforizadas y con Pista Solo Bus, la existencia de una línea de detención adelantadas.
9. Zona de espera adelantada de motos III (otras señales informativas): se usa para informar en intersecciones semaforizadas, con Pista Solo Bus y cuando está permitido el viraje a la derecha, la existencia de una línea de detención adelantadas.
10. Zona 30 o fin zona 30 (otras señales informativas): se usa para informar que se está circulando por una vía -o abandonándola- que forma parte de una zona de tránsito calmado, en este caso, que la velocidad se ha limitado a 30 km/h. Análogamente, el texto puede contener zona 20 o zona 40 cuando la velocidad está restringida a esos límites.
11. Ciclocalle (otras señales informativas): se instala en ciclocalles, en las cuales la velocidad máxima permitida no debe exceder los 30 km/hr. Debe acompañarse con la señal reglamentaria de velocidad máxima indicando 30 km/hr.
12. Zona espera especial ciclos I (otras señales informativas): Se instala en cruces semaforizados donde se haya generado una zona de espera para que los ciclos puedan realizar partidas adelantadas. Hay dos tipos de estas señaléticas, una para el caso de vías unidireccionales y otra para el caso de las bidireccionales.
13. Zona espera especial ciclos II (otras señales informativas): Se instala en cruces semaforizados donde se haya generado una zona de espera para que los ciclos, e indica a éstos una forma más segura de virar. Hay dos tipos de estas señaléticas, una para cuando los ciclistas deben virar a la izquierda y otra para cuando deben virar a la derecha.
14. Recarga de vehículos eléctricos (señales de servicio).