Nuevas restricciones en pandemia: Todas las medidas que comienzan a regir el lunes 5 de abril
Las autoridades de Gobierno dieron a conocer nuevas medidas de restricción que comenzarán a regir este lunes 5 de abril, con el fin de frenar los contagios de COVID-19 que han aumentado en estos últimos meses.
Dicho anuncio se dio justo antes que se iniciara el fin de semana largo por Semana Santa y Chile registrara, por dos jornadas consecutivas, más de 8 mil casos nuevos de contagios diarios.
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Cierre de fronteras
Se restringirán los viajes al extranjero por 30 días tanto para ciudadanos chilenos como extranjeros residentes. Se permitirá, a través de la Comisaría Virtual solicitar autorización extraordinaria para el viaje de personas al exterior por motivos urgentes y calificados de carácter humanitario, tratamientos de salud o gestiones imprescindibles para la marcha adecuada del país.
También se prohibirá -por 30 días- el ingreso de extranjeros no residentes con excepción de aquellos debidamente autorizados por la autoridad consular chilena en el país de origen, bajo criterios sanitarios fundados emitidos por la autoridad sanitaria.
Se exigirá que los choferes de camiones que ingresen por frontera terrestre cuenten con PCR de máximo 72 horas y se realizarán de exámenes aleatorios de antígenos por personal de Salud. En el caso de que uno de ellos tenga examen positivo, ingresará a una residencia sanitaria y la empresa transportista deberá hacerse cargo de la operación de la carga y del camión.
Venta de Productos en Cuarentena y Transición
Se redefinirá el concepto de bienes esenciales para las comunas que estén en Cuarentena y Transición (fases 1 y 2 del Plan Paso a Paso). Solo se podrá acceder a bienes considerados imprescindibles como alimentos, medicamentos, artículos de aseo e higiene personal.
Además, se podrán comprar elementos para el teletrabajo, educación a distancia y para el funcionamiento y seguridad de las viviendas. "No se puede acceder por delivery a otro tipo de bien distinto al que he señalado", afirmó la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell.
No se podrán comprar elementos como comsméticos, perfumes y calzado, entre otros. "Esta medida durará 15 días y será evaluada", aseguró la subsecretaria.
Trabajadores esenciales
Se limitará el personal que se considera esencial dentro de la actividad que se encuentra autorizada, incluidos los funcionarios públicos.
En ese sentido, se definió a empleados esenciales como "aquellos trabajadores y/o prestadores de servicios de una empresa o institución pública o privada, cuyo giro ha sido declarado esencial, que desempeñen funciones que no pueden ser realizadas telemáticamente y que son imprescindibles para la actividad propia del giro, tales como labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización".
"Se dejan expresamente fuera de esta definición las labores administrativas, contables, financieras y de asesorías y consultorías. Se encuentran comprendidos en esta definición los trabajadores que prestan servicios mínimos que deben asegurarse en caso de huelga", detalló Martorell.
Permiso Único Colectivo
Las empresas deberán informar el total de los trabajadores contratados o que prestan servicios además de aquellos que son considerados como esenciales para los cuales se solicita el documento.
Se debe especificar la labor del trabajador considerado como esencial y para que se solicita permiso. Por ejemplo, labores operativas, logísticas, mantención de sistemas, entre otros.
Limitación permisos individuales
Para aquellas comunas en Cuarentena se mantendrán dos permisos individuales de desplazamiento para la semana. En fines de semana o feriados solo se podrá acceder a un permiso de los dos mencionados.
Cambio en toque de queda
Se adelantará, en todo el país, a partir de las 21:00 horas hasta las 05:00.
Cultos religiosos
Para la realización de cultos religiosos en Cuarentena (Fase 1) del Plan Paso a Paso, se estableció un aforo máximo de cinco personas.
Para estos efectos, el ministro de culto, identificado con una credencial otorgada por alguna Iglesia, Culto u Organización Religiosa debidamente reconocida por el Estado de Chile, podrá emitir un certificado individualizando a quienes asistirán al culto religioso