Nueva normativa obliga a apagar publicidad luminosa durante la noche: ¿Desde qué hora rige la medida?
Desde el próximo sábado 19 de octubre, comenzará a regir una normativa establece que la publicidad luminosa no podrá estar encendida durante la noche.
En concreto, avisos y letreros que cuentan con luz deberán ser apagados durante siete horas. Además, alumbrado ornamental y decorativo, fachadas de edificios, monumentos, estatuas, etcétera, también deberán cumplir con la normativa.
La Ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, explicó a Lun que “la norma permitirá mejorar nuestra iluminación, reduciendo el impacto en la astronomía, la salud humana y la biodiversidad”.
“Se fijan límites de luminosidad, horarios para el funcionamiento de pantallas publicitarias y focos en recintos deportivos. Además, se promueve la transición hacia el uso de luz cálida, sin sacrificar la sensación de seguridad que otorga el alumbrado público”, agregó.
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¿A que hora deberá estar apagada la publicidad luminosa?
Por su parte, la superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, recalcó que las pantallas LED afectaban el ciclo del sueño y podía desencadenar enfermedades en quienes vivían más cerca. “Esta norma busca mejorar esos aspectos para quienes habitamos en la ciudad”, manifestó.
La publicidad luminosa deberá estar apagada entre las 00:00 y las 07:00 horas.
Esta normativa se implementará de manera gradual en el país y debería estar completamente en vigor en octubre de 2026. Además, habrá equipos de fiscalización y en caso de no cumplir con la norma, los dueños de carteles LED arriesgan multas.