Este jueves entró en vigencia la Ley del Sernac, que entrega nuevas atribuciones a la entidad y que, según el gobierno, será el origen del cambio más importante en materia de protección al consumidor de los últimos 20 años.
Esto se traducirá en una mayor protección a los consumidores, pues el Sernac podrá fiscalizar y exigir información a las empresas, los consumidores tendrán más tiempo para poder denunciar, los trámites serán más simples y las empresas deberán pagar multas más altas si cometen infracciones.
El Sernac hizo público un cuadro que compara las atribuciones de la institución antes y después de la ley:
Antes de la Ley |
Con el nuevo SERNAC |
El SERNAC no puede fiscalizar. Puede oficiar para pedir información, con varias restricciones, gestionar reclamos , denunciar casos de interés general, y presentar demandas colectivas. |
Podrá fiscalizar y exigir respuesta a las empresas. Puede incluso citar a los directivos y representantes legales e ingresar a un inmueble con la fuerza pública. |
Los consumidores tienen 6 meses de plazo para denunciar una infracción ante Tribunales. |
Los consumidores tienen 2 años de plazo para denunciar una infracción ante Tribunales. |
En una demanda colectiva, se pueden exigir indemnizaciones sólo por el daño patrimonial. |
Los juicios colectivos podrán considerar el daño moral de los afectados. Asimismo, en caso de agravantes, el monto global de indemnización podría aumentar en hasta un 25% |
Multa básica de hasta 50 UTM a las empresas que cometan infracciones generales. |
Multa básica de hasta 300 UTM ($14 millones), es decir, hasta 6 veces más que con la ley antigua. |
Mediaciones colectivas sin plazo estipulado de término. |
Procedimientos Voluntarios Colectivos más cortos (hasta 6 meses) y condiciones objetivas para aprobar un acuerdo. |
Las Asociaciones de Consumidores tienen limitadas facultades para apoyar a los consumidores. |
Más y mejores herramientas para cumplir sus tareas y representar a los consumidores en juicios individuales o colectivos, o realizar mediaciones individuales. |
No todos los servicios básicos cuentan con indemnización legal para los consumidores en caso de suspensión o interrupción. |
Los consumidores recibirán directa y automáticamente descuentos en los estados de cuenta de servicios básicos como agua, luz, teléfono, gas e Internet, sea por ley especial o ley del consumidor. |
No había norma expresa sobre la venta atada en productos de telecomunicaciones |
Las empresas de telecomunicaciones ya no podrán vender servicios atados ni ofertas conjuntas sin ofrecerlos por separado. |
La institución también indica que una de las medidas más importantes de la nueva ley implica que las empresas tendrán menos incentivos para cometer irregularidades porque aumentan las multas hasta en 6 veces.
También habrá incentivos para hacer lo correcto, porque se considerará el historial de las empresas para la aplicación de multas. Lo que se traduce en lo siguiente:
Desincentivo a las empresas para cometer infracciones |
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Con la Ley actual |
Con la nueva Ley |
Multas de hasta 50 UTM por cualquier infracción individual ($2,4 millones) |
Multas de hasta 300 UTM; hasta 6 veces más ($14 millones) por cualquier infracción individual |
Hasta 150 UTM ($7,2 millones) de multas si una empresa suspende injustificadamente un servicio contratado |
Hasta 750 UTM ($36 millones) de multa por suspender injustificadamente un servicio contratado |
Hasta 750 UTM ($36 millones) de multas si una empresa emite publicidad engañosa |
Hasta 1.500 UTM ($72 millones) de multas si una empresa emite publicidad engañosa |
Hasta 1000 UTM ($47 millones) de multa si la publicidad implica daños a la salud |
Hasta 2.250 UTM($108 millones) de multa si la publicidad implica daños a la salud |
No hay sanción si empresa niega a entregar información a Ministro de Fe |
Si una empresa se niega injustificadamente a la fiscalización, hasta 750 UTM |