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Nueva circular del Mineduc dicta que estudiantes trans deben ser tratados por su nombre social

Nueva circular del Mineduc dicta que estudiantes trans deben ser tratados por su nombre social
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Se trata de la sustitución hecha a la Circular 768, sobre derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA) trans, dictada en el 2917, la cual fue reemplazada por la Resolución 812, del 21 de diciembre de 2021.

La Superintendencia de Educación oficializó una nueva circular del Ministerio de Educación que permite a los estudiantes trans, mayores de 14 años, el solicitar de forma autónoma el respeto a su identidad de género.

Se trata de la sustitución hecha a la Circular 768, sobre derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA) trans, dictada en el 2917, la cual fue reemplazada por la Resolución 812, del 21 de diciembre de 2021.

La vocera del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Daniela Andrade, señaló que "la actualización era una tarea pendiente del Estado, pues la circular 768 era previa a la ley de identidad de género", agregando que "permite a mayores de 14 años solicitar a los establecimientos educacionales que se respete su sexo y nombre social en forma autónoma a sus apoderados".

"Antes este derecho era solo para mayores de 18 años. Considerando que muchas familias discriminan o desconocen qué es la identidad de género, dar esta libertad a los mayores de 14 años sin duda tendrá un impacto positivo en su calidad de vida y dignidad", explicó Andrade.

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Otras modificaciones incluyen los principios de la integración y la inclusión, que buscan eliminar las "formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes".

De igual forma, se incorporan principios de la ley de identidad de género como la no patologización, la confidencialidad, la dignidad en el trato y la autonomía progresiva del menor de edad.

Además, se incorpora como derecho del NNA el "reconocimiento y protección de su identidad de género, así como a expresar su orientación sexual" y se establece que deben ser tratados verbalmente por su nombre social "siempre y sin excepción", así como utilizar uniforme y baños acordes a su género.

Y si bien en el libro de clases -en el certificado anual de notas y en la licencia de educación media- estará el nombre legal, sí se puede añadir el nombre social.

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