Nueva circular del Mineduc dicta que estudiantes trans deben ser tratados por su nombre social
La Superintendencia de Educación oficializó una nueva circular del Ministerio de Educación que permite a los estudiantes trans, mayores de 14 años, el solicitar de forma autónoma el respeto a su identidad de género.
Se trata de la sustitución hecha a la Circular 768, sobre derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA) trans, dictada en el 2917, la cual fue reemplazada por la Resolución 812, del 21 de diciembre de 2021.
La vocera del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Daniela Andrade, señaló que "la actualización era una tarea pendiente del Estado, pues la circular 768 era previa a la ley de identidad de género", agregando que "permite a mayores de 14 años solicitar a los establecimientos educacionales que se respete su sexo y nombre social en forma autónoma a sus apoderados".
"Antes este derecho era solo para mayores de 18 años. Considerando que muchas familias discriminan o desconocen qué es la identidad de género, dar esta libertad a los mayores de 14 años sin duda tendrá un impacto positivo en su calidad de vida y dignidad", explicó Andrade.
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Otras modificaciones incluyen los principios de la integración y la inclusión, que buscan eliminar las "formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes".
De igual forma, se incorporan principios de la ley de identidad de género como la no patologización, la confidencialidad, la dignidad en el trato y la autonomía progresiva del menor de edad.
Además, se incorpora como derecho del NNA el "reconocimiento y protección de su identidad de género, así como a expresar su orientación sexual" y se establece que deben ser tratados verbalmente por su nombre social "siempre y sin excepción", así como utilizar uniforme y baños acordes a su género.
Y si bien en el libro de clases -en el certificado anual de notas y en la licencia de educación media- estará el nombre legal, sí se puede añadir el nombre social.