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¿No puedes modificar la solicitud?: SII aclara dudas a quienes postularon al Bono Clase Media

¿No puedes modificar la solicitud?: SII aclara dudas a quienes postularon al Bono Clase Media
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A través de su cuenta en Twitter, el servicio estatal se refirió a algunas de las dudas más frecuentes entre los postulantes y entre quienes están interesados modificar o anular sus solicitudes.

Este sábado, el Servicio de Impuestos Internos (SII), se refirió a diversas dudas y consultas por parte de muchos usuarios que quieren solicitar el bono para la clase media, ayuda que consiste en la entrega de hasta 500 mil pesos.

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Una de las dudas más frecuentes en relación a la solicitud, tiene relación la modificación o confirmación de los datos ingresados de la solicitud realizada a través del sitio web del SII, proceso que fue habilitado durante la jornada de este sábado.

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En relación a lo anterior, usuarios reportan que el sistema les indica que no se requiere modificar, confirmar o anular los datos.

Ante ello, el SII indica que esto puede deberse a dos motivos: (1) que la información esté correcta y se está tramitando el pago del beneficio en Tesorería, o (2) la información aún se está validando, por lo que habrá que esperar un correo electrónico notificando si es necesario modificar datos ingresados.

¿Quiénes deben confirmar o modificar los datos de su solicitud?

El SII aclaró que no todos deben hacer modificación o confirmación de sus solicitudes, sino que deben hacerlo solo trabajadores dependientes que recibieron sueldos en julio de 2020 y que podrían haber omitido información o tener errores respecto a los datos de ese mes. En esos casos, las personas serán contactadas por correo electrónico indicando los pasos a seguir.

¿Puedo pedir el bono si anulé la solicitud?

El SII señaló que si es posible volver a postular al bono si es que anulaste la solicitud anterior.

El ente estatal aclaró que "una vez que anulas tu solicitud, es como si nunca hubiese existido ese registro" y que se podrá solicitar hasta el 31 de agosto.

Si no he sido despedido, suspendido, ni me han rebajado el sueldo pactadamente, ¿qué indico en la fecha de cambio de contrato?

En ese caso, según el SII, se debe ingresar la fecha en que se comenzó a registrar una baja de la remuneración en el sueldo como trabajador dependiente producto del COVID.19.

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