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Mascarilla voluntaria en los colegios: Así es el nuevo protocolo del Mineduc en los establecimientos

Mascarilla voluntaria en los colegios: Así es el nuevo protocolo del Mineduc en los establecimientos
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El Ministerio de Salud informó que el uso de la mascarilla no será obligatorio en los espacios públicos a partir del 1 de octubre, con la excepción de los centros de salud, y esto también tendrá modificaciones a las salas de clases.

El Ministerio de Educación publicó la actualización del protocolo para los establecimientos educacionales, luego que el Ministerio de Salud informara que a partir del 1 de octubre el uso de la mascarilla en nuestro país dejará de ser obligatorio, con la excepción de los centros de salud.

Con la fase de apertura sobre las medidas restrictivas por el COVID-19, que el Minsal anunció con la llegada de la primavera y las cifras positivas en cuanto a contagios por el virus respiratorio, los centros educaciones también tendrán mayor libertad y un protocolo menos estricto, a partir del mismo 1 de octubre.

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El propio ministro de Educación, Marco Antonio Ávila, confirmó que ya no habrá límite de aforos en las salas de clases ni en los espacios comunes de los colegios y que el uso de la mascarilla será voluntario, es decir, quedará a criterio de los o las estudiantes, y sus respectivos apoderados.

Además del uso voluntario de la mascarilla, el Mineduc recomienda mantener todas las ventanas de las salas de clases abiertas, cuando las condiciones climáticas así lo permitan, y una permanente ventilación también en los lugares comunes.

Desde la secretaría hicieron un llamado a incentivar la vacunación para que todos los niveles lleguen al 80 por ciento de los y las estudiantes inoculados.

Qué pasa si hay un brote

Ante la posibilidad de que cualquier alumno o alumna se contagie de COVID-19 desde el Mineduc informaron que los brotes se revisarán caso a caso.

Si un estudiante da positivo a su test PCR deberá realizar cuarentena, pero solo si en un lapso de siete días hay tres o más casos confirmados de COVID-19 en un curso, o siete casos o más en el establecimiento, la dirección debe informar a la autoridad sanitaria regional.

La Seremi de Salud evaluará toda la información respecto a cada situación particular y establecerá medidas a partir de criterios y variables preestablecidas.

 

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