Los cambios que traería la nueva ley de copropiedad inmobiliaria
Luego de casi dos décadas de vigencia, la actual normativa de copropiedad inmobiliaria está cerca de ser reformada en el Congreso. Esto, luego de que fuese despachada de la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados, encontrándose en su segundo trámite constitucional en la Comisión de Hacienda con suma urgencia.
Entre las principales modificaciones de la actual ley de copropiedad inmobiliarias, destacan los cambios en materias de administración, reglamentos y obligaciones económicas, incorporando la creación de un Registro Nacional de Administradores de condominios, a cargo del Ministerio de Vivienda (Minvu), siendo las seremis Minvu los organismos encargados de resolver las reclamaciones contra los administradores.
En materia precisamente de administración, se plantea constituir subadministraciones, las cuales serán obligatorias para aquellos condominios que superen las 200 viviendas.
Por otra parte, la actualización de la normativa establece que los miembros del comité de administración podrán acceder a descuentos en los gastos comunes, a manera de retribución. Actualmente, estos ejercen sin ninguna remuneración.
El proyecto de ley también abarca aspectos como los reglamentos de copropiedad, con el propósito de poner fin a discriminaciones a residentes de edificios y condominios. Por ejemplo, no podrán incorporarse disposiciones que prohíban la tenencia de mascotas o que vulneren la Ley contra la Discriminación.
En otros asuntos de está casi segura ley, se encuentra la simplificación en las citas de asambleas, mediante correo electrónico, quorum de constitución y de aprobación de los acuerdos. Además, se podrá participar de forma virtual.
Estas modificaciones buscan ajustar la normativa a los tiempos actuales, permitiendo la utilización de recursos digitales por sobre la necesidad presencial del residente.
En lo que tiene que ver a las comunicaciones, se crea un registro de correos electrónicos y de domicilios de los copropietarios. En cuanto a las obligaciones económicas, el proyecto establece que los residentes morosos podrán celebrar convenios de pago de gastos comunes, de manera tal de buscar alternativas para que la persona se ponga al día y que no se deba incurrir en cortes de servicios básicos.
Otro punto importante es que, además, los copropietarios antes de vender o transferir una vivienda, deberán declarar que ésta no tiene deudas del condominio, ya sea mediante una escritura pública o en un certificado. O bien, indicar en el documento las obligaciones económicas que adeuden.
Desde Edipro, plataforma especializada en comunidades residenciales y que forma parte de la organización Copropiedad en Acción, alertan por algunos puntos que dejaría a esta nueva normativa como una ley “desactualizada”.
"No queda claro por ejemplo, la asistencia de notarios a reuniones de asambleas en caso de abordar temas específicos, tampoco hay claridad sobre los sueldos para los comités, ya que no son técnicamente sueldos", sostuvo José Oyarzo, CEO de EdiPro.
En esa línea, añade que "la asamblea podría decidir que los miembros tengan descuentos en sus cuotas de gastos comunes, eso está bien en el espíritu, porque muchas veces faltan incentivos para que la gente quiera hacerse cargo del comité, porque es trabajo, es tiempo y eso no es remunerado, sin embargo, ese descuento no está definido, lo que podría tener como consecuencias que el resto de los departamentos tengan que hacerse cargo de esto".