Ley de teletrabajo para personas cuidadoras: En qué consiste y a quiénes beneficia
El Gobierno de Gabriel Boric promulgó, este viernes, la nueva Ley de Conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, que pretende mejorar las condiciones de miles de personas, principalmente mujeres cuidadoras de niños, niñas y personas en situación de capacidad o con dependencia.
La norma tuvo un amplio respaldo en el Congreso y la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, resaltó la importancia de lograr acuerdos, en leyes como esta, en el Parlamento.
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“Esta es una buena noticia para Chile y viene en sintonía con la necesidad, además, de fortalecer el empleo de las mujeres y a contribuir a tener mayor autonomía y capacidad para poder compatibilizar la vida laboral, la vida personal y la vida familiar”, dijo la ministra Jara.
La ministra de la Mujer, Antonia Orellana, en tanto, aseguró que la nueva ley beneficiará a más de 300 mil trabajadoras bajo el Código del Trabajo.
En qué consiste la ley para personas cuidadoras
El proyecto de ley establece el derecho al trabajo a distancia o teletrabajo, de modo que las o los trabajadores puedan efectuar todo o parte de su jornada diaria o semanal en esas modalidades en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permita.
La iniciativa, además, establece el derecho al uso preferente al feriado legal para quienes sean personas cuidadoras de niños, niñas o adolescentes durante el periodo de vacaciones escolares.
También reconoce el derecho a solicitar ajustes en el sistema de turnos. Esto, para que las y los trabajadores al cuidado de niñas, niños o adolescentes puedan solicitar la modificación transitoria de estos o la distribución de jornada. Lo anterior, durante el período de vacaciones escolares o cuando la naturaleza de las funciones lo permitan.
En cualquier caso, las o los trabajadores deberán acreditar que son cuidadores de personas causantes del derecho. Por ejemplo, mediante certificados de nacimiento del niño o niña; de inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad; o de registro de cuidador de una persona en situación de dependencia moderada o severa.
A quiénes beneficia esta ley
Quienes podrán acceder serán las o los trabajadores que tengan el cuidado personal de un niño o niña menor de 14 años, o que tenga a su cargo el cuidado de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, no importando la edad de quien se cuida. Debe tratarse de labores de cuidados no remuneradas.
La propuesta reconoce también derechos laborales destinados a favorecer la conciliación de la vida familiar. Por ejemplo, el derecho al uso preferente del feriado legal, estableciendo que las y los trabajadores que tengan a su cuidado a un niño o niña menor de 14 años o un adolescente menor de 18 años con una discapacidad, tendrán derecho a solicitar el feriado legal durante el periodo de vacaciones establecido por el Ministerio de Educación, debiendo analizar su solicitud en forma preferente a aquellas personas sin estas responsabilidades.