Ley Gabriela: Comisión amplía termino de femicidio para que abarque a los ex pololos
Con cuatro votos a favor y uno en contra fue aprobada la "Ley Gabriela", el artículo que propone abarcar el término "femicidio" para las parejas que "no hayan tenido convivencia o ex pololos".
El pasado viernes 9 de agosto las senadoras de la Comisión Especial de la Mujer, Adriana Muñoz, Carmen Gloria Aravena, Yasna Provoste e Isabel Allende votaron a favor de la medida, mientras que Ena on Baer votó en contra por creer que afecta al principio de igualdad.
De acuerdo con la definición del Senado, la "Ley Gabriela" establece que "comete el delito de femicidio, que será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado, el hombre que diere muerte a una mujer que es o ha sido su cónyuge o conviviente, o que tiene o ha tenido una relación de pareja de carácter sentimental o sexual sin convivencia con éste, o con quien tiene o han tenido un hijo en común ".
"Algo que no pudimos lograr hace 10 años atrás, lo logramos hacer y es entender que también ocurren asesinatos de una mujer por razón de su género cuando sucede en relaciones de ex convivencia, es decir relaciones de pololos, ex pololos, que hoy día no está tipificado en el Código Penal". comentó la presidenta de la comisión, Adriana Muñoz.
Muñoz agregó que, "hemos definido que el femicidio es un delito que comete un hombre cuando mata a una mujer que ha sido su cónyuge, su conviviente o ex conviviente y también con la que ha sostenido relaciones sin convivencia...estamos muy contentos, porque esto es lo medular".