Un hombre de 65 años fue acusado el martes de abusar sexualmente de sus perros en cerro Las Cañas, en la región de Valparaíso.
El hecho fue denunciado por vecinos y, posteriormente, la Municipalidad de Valparaíso anunció que presentará una querella en contra de este sujeto.
Entre los animales afectados habría cinco cachorros, de entre un mes y medio y dos meses, además de otros cinco perros que se encontraban en las inmediaciones de la vivienda, según detalló el veterinario Matías Torres, quien acudió al lugar junto con personal de la Municipalidad.
Vecinos habrían registrado los abusos en videos, denunciando este caso previamente en 2019 y 2022.
En tanto, en las últimas horas se habría registrado un ataque por parte de unas mujeres en contra del acusado, presuntamente con armas cortopunzantes en la zona del tórax y las extremidades.
Agresión sexual a perros: ¿Cuáles son las sanciones por este delito?
Frente a casos como éste, la Ley 21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, también conocida como “Ley Cholito”, introdujo mejoras al respecto en el Código Penal.
Este artículo 291 bis. del Código Penal expone lo siguiente:
“El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última”.
“Si como resultado de una acción u omisión se causare al animal daño, la pena será presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de diez a treinta unidades tributarias mensuales, además de la accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales”.
“Si como resultado de las referidas acción u omisión se causaren lesiones que menoscaben gravemente la integridad física o provocaren la muerte del animal se impondrá la pena de presidio menor en su grado medio y multa de veinte a treinta unidades tributarias mensuales, además de la accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales”.
Delito de maltrato animal
Un caso tanto o más brutal conmocionó al país en 2020, cuando “Weichafe”, un cachorro de seis meses, murió tras ser encontrado con signos de haber sido agredido sexualmente, en Arica.
En aquel entonces, personal de la Bidema de Arica de la PDI explicó a este medio que “el abuso es contra las personas, pero contra el animal, podría ser zoofilia, y cae dentro del Código Penal como el delito de maltrato”.
El agravante en este caso ocurrido en el norte es que el perro murió, pero la ley hoy no considera una sanción distinta si es producto de un ataque sexual. Lo mismo ocurre si es que el animal muere de un disparo o a golpes. No hay una sanción diferente según el tipo de ataque, sino que el delito es maltrato y sólo la muerte aumenta la pena.
Acerca de esto, desde la PDI precisaron que “el delito de maltrato animal está desde el año 89 en el Código Penal. Lo que hizo la Ley de Tenencia fue aumentar las penas en un grado si es que el animal muere. El artículo antiguo, el del año 89, sancionaba el maltrato animal como la persona que maltratara o hiciera sufrir al animal, pero en la Ley de Tenencia, la ‘Ley Cholito’ que conoce la gente, también incluyó el abandono”.
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Esto quiere decir que se “sanciona el delito de maltrato y abandono y en el caso que el animal resulte muerto, ahí aumenta la sanción un grado. Esa fue una de las mejoras de la ley con respecto al delito de maltrato, pero sigue siendo encasillado como un maltrato animal”.
Piden acelerar tramitación de proyecto de ley sobre la zoofilia
Junto con presentar un oficio ante el municipio, además de la PDI, Carabineros y la Delegación Presidencial, para que investiguen y penalicen este hecho, el diputado Diego Ibáñez (Frente Amplio) solicitó al Congreso tramitar rápidamente el proyecto de ley sobre la zoofilia, presentado en 2021 y que aún no ve la luz.