El gobierno, a través de sus abogados, presentó este viernes un recurso de nulidad sobre el fallo del Tribunal Oral en lo Penal que absolvió de los cargos a un hombre de 35 años y a su sobrino de 16, quienes eran acusados de participar en el incendio provocado en la estación de Metro Pedrero, la noche del 18 de octubre de 2019.
Desde el Ejecutivo consideraron “improcedente” que el tribunal haya decidido expulsar la principal prueba inculpatoria en contra los acusados, que se trataba de un video de 30 minutos de las cámaras del lugar, y que fue desechada porque no se cumplió con la “cadena de custodia” del objeto probatorio.
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“Si dicha prueba pasó los filtros procesales en los Tribunales de Garantía, no puede ser el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal quien vuelva a revivir una discusión que ya ha fenecido procesalmente, atendida pasada en autoridad de cosa juzgada del auto de apertura que admitió tal medio probatorio. Existiendo jurisprudencia que respalda nuestra postura y doctrina expuesta en el recurso de nulidad”, dice el documento presentado por el gobierno.
“En segundo lugar, la decisión es improcedente por confundir prueba ilícita (que infracciona o vulnera garantías fundamentales) con prueba ilegal o irregular (que no respeta las formas reglamentarias o legales). En el proceso no ha habido prueba ilícita, sólo errores en las formas de las cadenas de custodia. No hay garantías fundamentales vulneradas”, agrega.
Daniel Morales estuvo detenido por casi un año acusado del siniestro que afectó la estación Pedreros, pero el fallo unánime del tribunal desestimó su responsabilidad e incluso condenó al pago, en partes iguales, de las costas de la causa al Ministerio Público, al querellante Ministerio del Interior y Seguridad Pública y al querellante Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A..
El subsecretario de Interior Juan Francisco Galli hizo pública la presentación del recurso y volvió a cuestionar el fallo del tribunal.
“El tribunal descartó un video de 30 minutos de duración que demostraba claramente la responsabilidad de esos dos individuos en el delito de incendio y además la responsabilidad de uno de ellos en desórdenes públicos. El tribunal debe apreciar correctamente toda la prueba que se le presentó”, dijo Galli.